Diferencia entre revisiones de «Inscripción de incorporación de datos registrables en el registro de propiedad vehicular»
Inscripción de incorporación de datos registrables en el registro de propiedad vehicular (ver código)
Revisión del 23:09 16 jun 2021
, 16 jun 2021sin resumen de edición
Sin resumen de edición Etiqueta: visualeditor |
Sin resumen de edición Etiqueta: visualeditor |
||
Línea 1: | Línea 1: | ||
Una persona natural o jurídica solicita la incorporación de datos registrables de un vehículo, a fin de completar aquellas características que faltan | Una persona natural o jurídica solicita la incorporación de datos registrables de un vehículo, a fin de completar aquellas características que faltan | ||
en relación a la Clasificación | en relación a la Clasificación Vehicular y Estandarización de Características Registrales Vehiculares establecidas por el MTC. | ||
==Requisitos para la inscripción== | ==Requisitos para la inscripción== | ||
Línea 10: | Línea 10: | ||
c) Certificado de Conformidad de Modificación expedido por personas jurídicas autorizadas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en el que se indique que las modificaciones no afectan negativamente la seguridad del vehículo, el tránsito terrestre, el medio ambiente o incumplen las condiciones técnicas reglamentarias establecidas en el Reglamento Nacional de Vehículos. | c) Certificado de Conformidad de Modificación expedido por personas jurídicas autorizadas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en el que se indique que las modificaciones no afectan negativamente la seguridad del vehículo, el tránsito terrestre, el medio ambiente o incumplen las condiciones técnicas reglamentarias establecidas en el Reglamento Nacional de Vehículos. | ||
d) Pago de | d) Pago de tasas registrales. | ||
==Base legal== | ==Base legal== | ||
*Artículos 1, 2, 3 y 10 (modificado por Decreto Legislativo N°1451) de la Ley que crea el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional | *Artículos 1, 2, 3 y 10 (modificado por Decreto Legislativo N°1451) de la Ley que crea el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional, Ley N° 26366 (14/10/1994). | ||
*Artículo 54°, Anexo IV y V del Reglamento Nacional de Vehículos aprobada por el Decreto Supremo N° 058-2003-MTC (07/10/2003). | *Artículo 54°, Anexo IV y V del Reglamento Nacional de Vehículos aprobada por el Decreto Supremo N° 058-2003-MTC (07/10/2003). | ||
*Articulo 1° de las | *Articulo 1° de las medidas excepcionales para que propietarios de vehículos observados en inspecciones técnicas vehiculares, regularicen datos de la Tarjeta de Propiedad o Tarjeta de Identificación, Resolución Directoral N° 920-2012-MTC/15 (31/07/2012). | ||
*Artículo 63° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular aprobada por la Resolución de Superintendencia Nº 039-2013- SUNARP/SN (15/02/2013) | *Artículo 63° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular, aprobada por la Resolución de Superintendencia Nº 039-2013- SUNARP/SN (15/02/2013) | ||
==Precedentes de observancia obligatoria== | ==Precedentes de observancia obligatoria== |