Diferencia entre revisiones de «Inscripción de nomenclatura de predio»

sin resumen de edición
Sin resumen de edición
Etiqueta: visualeditor-wikitext
Sin resumen de edición
Etiqueta: visualeditor-wikitext
Línea 28: Línea 28:
=== Resoluciones del Tribunal Registral ===
=== Resoluciones del Tribunal Registral ===


====Sumilla de la Resolución 1006-2010-SUNARP-TR-L sobre numeración====
=====Sumilla de la Resolución 116-2010-SUNARP-TR-A de 19/03/2010 sobre nomenclatura y numeración====
 
''No procede denegar la inscripción de la numeración del inmueble, dado que el certificado expedido por la municipalidad no se pronuncia respecto a un número que corresponde a una parte del predio que fue desmembrada y obra inscrita en otra partida registral.''
 
====Sumilla de la Resolución 116-2010-SUNARP-TR-A sobre nomenclatura y numeración====
   
   
''Procede la inscripción de la nomenclatura y numeración de las discrepancias respecto a la identificación del predio, siempre que existan elementos suficientes que permitan la identificación del mismo.''
''Procede la inscripción de la nomenclatura y numeración de las discrepancias respecto a la identificación del predio, siempre que existan elementos suficientes que permitan la identificación del mismo.''


====Sumilla de la Resolución 170-2010-SUNARP-TR-L sobre numeración de predio====  
====Sumilla de la Resolución 170-2010-SUNARP-TR-L de 05/02/2010 sobre numeración de predio====  


''La inscripción del certificado de numeración no requiere que previamente se inscriba la jurisdicción, salvo que se evidencie que la numeración es asignada por funcionario no competente según la jurisdicción inscrita, en cuyo caso tiene que inscribirse previamente el cambio de jurisdicción.''
''La inscripción del certificado de numeración no requiere que previamente se inscriba la jurisdicción, salvo que se evidencie que la numeración es asignada por funcionario no competente según la jurisdicción inscrita, en cuyo caso tiene que inscribirse previamente el cambio de jurisdicción.''


====Sumilla de la Resolución 414-2009-SUNARP-TR-L sobre certificado de numeración====
====Sumilla de la Resolución 414-2009-SUNARP-TR-L de 15/09/2009 sobre certificado de numeración====


''No procede que en sede registral se cuestione la numeración que la municipalidad distrital, dentro de su competencia, asigna a las unidades inmobiliarias, en tanto se trata de un acto administrativo que se presume válido de conformidad con el artículo 9 de la Ley 27444.''
''No procede que en sede registral se cuestione la numeración que la municipalidad distrital, dentro de su competencia, asigna a las unidades inmobiliarias, en tanto se trata de un acto administrativo que se presume válido de conformidad con el artículo 9 de la Ley 27444.''


====Sumilla de la Resolución 1286-2008- SUNARP-TR-L sobre numeración====
====Sumilla de la Resolución 1286-2008- SUNARP-TR-L de 26/11/2008 sobre numeración====
   
   
''No es obstáculo para inscribir la numeración de un predio el que en el documento administrativo se consigne como titular al anterior propietario.''
''No es obstáculo para inscribir la numeración de un predio el que en el documento administrativo se consigne como titular al anterior propietario.''
2010

ediciones