Inscripción de nomenclatura de predio

De wikiregistral

La Nomenclatura de predio puede inscribirse en el Registro de Propiedad Inmueble.


Requisitos para la inscripción

a)Formulario de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.

b)Resolución o certificado de nomenclatura expedido por la municipalidad distrital donde se encuentre ubicado el inmueble o por la municipalidad provincial en el ámbito del cercado.

c)Pago de derechos registrales.


Base legal

  • Artículos 15, 17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012)
  • Artículos 91 y 92 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios aprobado por Resolución N° 097-2013-SUNARP/SN (03/05/2013)
  • Artículo 79 de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972 (27/05/2003)
  • Artículo 2011 del Código Civil aprobado por D.Leg. N° 295 (25/07/1984)
  • D.S. N° 017-2003-JUS (18/09/2003) que aprueba las tasas registrales de los servicios de inscripción y de publicidad por oficina registral.

Precedente de observancia obligatoria

No se han aprobado  precedentes sobre este acto.

Jurisprudencia Registral

Resoluciones del Tribunal Registral

Sumilla de la Resolución 116-2010-SUNARP-TR-A sobre nomenclatura y numeración

Procede la inscripción de la nomenclatura y numeración de las discrepancias respecto a la identificación del predio, siempre que existan elementos suficientes que permitan la identificación del mismo.

Sumilla de la Resolución 1528-2015-SUNARP-TR-L sobre Nomenclatura Vial

No se configura el silencio administrativo positivo - sino el negativo- en el supuesto de solicitud de expedición de certificado de nomenclatura vial en zonas donde no se ha inscrito aún la habilitación urbana con recepción de obras, toda vez que el nombre de vías, calles y avenidas está relacionado al interés público.


Tasa registral

  • Derecho de Presentación: S/ 33.00
  • Derecho de inscripción: S/ 8.00

Los derechos registrales están en función a cada acto.

  • Plazo de calificación: 48 horas.
"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público y complejidad del título".