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Una persona natural, jurídica o autoridad solicita el otorgamiento de matrícula de una aeronave, sea definitiva, provisional o de traslado; situación que se inscribe en el registro para publicitarla adecuadamente. | Una persona natural, jurídica o autoridad solicita el otorgamiento de matrícula de una aeronave, sea definitiva, provisional o de traslado; situación que se inscribe en el registro para publicitarla adecuadamente. | ||
== Requisitos para la inscripción == | ==Requisitos para la inscripción== | ||
1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito, requiriendo el otorgamiento de la matrícula provisional o de traslado, según corresponda. | 1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito, requiriendo el otorgamiento de la matrícula provisional o de traslado, según corresponda. | ||
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3.- Certificado de cancelación de matrícula anterior, si la aeronave ostentaba matrícula extranjera; o, la constancia expedida por el fabricante o el vendedor, en el caso de aeronave nueva. | 3.- Certificado de cancelación de matrícula anterior, si la aeronave ostentaba matrícula extranjera; o, la constancia expedida por el fabricante o el vendedor, en el caso de aeronave nueva. | ||
== Base legal == | ==Base legal== | ||
* VII Disposiciones Específicas Resolución de Superintendente Nacional Resolución de Dirección Ejecutiva 107 14/08/2020 | *VII Disposiciones Específicas Resolución de Superintendente Nacional Resolución de Dirección Ejecutiva 107 14/08/2020 | ||
* Artículos 39, 40, 41 y 42 de la Ley de Aeronáutica Civil del Perú, Ley 27261 | *Artículos 39, 40, 41 y 42 de la Ley de Aeronáutica Civil del Perú, Ley 27261 | ||
* Artículos 63, 64, 65, 66, 67 y 68 Segunda Disposición Transitoria y Final Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil Decreto Supremo 050-2001-MTC | *Artículos 63, 64, 65, 66, 67 y 68 Segunda Disposición Transitoria y Final Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil Decreto Supremo 050-2001-MTC | ||
* Artículo 2009 del Código Civil | *Artículo 2009 del Código Civil | ||
* Decreto Legislativo 295 25/07/1984 | *Decreto Legislativo 295 25/07/1984 | ||
* Artículo 10 (modificado por el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1451) Ley de Creación de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional Ley 26366 14/10/1994 | *Artículo 10 (modificado por el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1451) Ley de Creación de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional Ley 26366 14/10/1994 | ||
* Artículos 16, 19, 22, 25, 27 y 29 del Reglamento de Inscripciones del Registro Público de Aeronaves Resolución de Superintendencia 360-2002 SUNARP/SN 11/09/2002 | *Artículos 16, 19, 22, 25, 27 y 29 del Reglamento de Inscripciones del Registro Público de Aeronaves Resolución de Superintendencia 360-2002 SUNARP/SN 11/09/2002 | ||
== Precedentes de observancia obligatoria == | ==Precedentes de observancia obligatoria== | ||
No se han aprobado precedentes de observancia obligatoria sobre este acto. | No se han aprobado precedentes de observancia obligatoria sobre este acto. | ||
== Jurisprudencia Registral == | ==Jurisprudencia Registral== | ||
No se ha aprobado jurisprudencia registral sobre este acto. | No se ha aprobado jurisprudencia registral sobre este acto. | ||
== Tasa registral == | ==Tasa registral== | ||
* Derecho de | *Derecho de calificación: S/ 11.00 | ||
* Derecho de inscripción: S/ | *Derecho de inscripción: S/ 438.00 | ||
== Plazo de calificación == | ==Plazo de calificación== | ||
* 7 días hábiles (sujeto a complejidad del título). | *7 días hábiles (sujeto a complejidad del título). |