Inscripción de otras formas de emisión del título de crédito hipotecario negociable

Las otras formas de Emisión del Título de Crédito Hipotecario Negociable pueden inscribirse en el Registro de Propiedad Inmueble.

Requisitos para la inscripción

a) Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. (Solicitarlo en cualquier oficina de Sunarp.)

b) Petición expresa del propietario de un bien susceptible de ser gravado con hipoteca y que esté inscrito en cualquier Registro Público, por acto unilateral manifestado mediante escritura pública.

c) Que el predio sobre el que se inscribirá el gravamen no presente cargas o gravámenes.

d) Valorización del predio realizada por perito, la cual debe ser insertada en la escritura pública.

Base legal

  • Artículo 245, numeral 4 de la Ley de Títulos Valores Ley N° 27287 del 19 de junio de 2000.
  • Reglamento del Título de Crédito Hipotecario Negociable, aprobado por Resolución SBS N° 685-2007 del 31 de mayo de 2007.

Precedente de observancia obligatoria

Cuando se inscriba la anotación del TCHN no emitido por el Registro, la calificación registral sólo comprende los siguientes aspectos: Que la hipoteca incorporada en el TCHN sea el único gravamen inscrito o se éste solicitando simultáneamente su inscripción; la verificación de la comunicación de la entidad emisora autorizada por la SBS, con el carácter de declaración jurada, con la información a que se refiere el artículo 5 de la Resolución SBS N° 685-2007, anexando copia simple de la valuación y del título emitido. No corresponde la acreditación de la autorización del propietario o del deudor en su caso, para el acto de emisión, ni la exigencia de la inscripción previa de la modificación de la hipoteca incorporada en el TCHN, en caso ésta se encuentre inscrita con anterioridad al acto de emisión.

Pleno L, tercer precedente, sesión ordinaria realizada los días 3, 4 y 5 de agosto de 2009.

Jurisprudencia Registral

Resoluciones del Tribunal Registral

Sumilla de la Resolución 117-2012-SUNARP-TR-T de 21/03/2012

La emisión del TCHN o la anotación de su emisión son actos que tienen implicancia registral, no obstante son independientes de la inscripción de la hipoteca. En este orden, la inscripción del gravamen no determina, de manera inexorable, la expedición del TCHN pues la calificación registral de la emisión y la anotación del TCHN debe efectuarse en el momento en que el interesado lo solicite.

Tasa registral

Tasa aplicable al monto valorizado hasta S/ 35 000.00

  • Derecho de Presentación: S/ 34.00
  • Derecho de inscripción: Monto del gravamen X 0.75/1000
  • Plazo de calificación: 7 días hábiles

Tasa aplicable al monto valorizado en más de S/ 35 000.00

  • Derecho de Presentación: S/ 34.00
  • Derecho de inscripción: Monto del gravamen X 1.5/1000
  • Plazo de calificación: 7 días hábiles
 "Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".