Diferencia entre revisiones de «Inscripción de reconocimiento de unión de hecho»

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“No resulta necesario que el notario de manera expresa señale la fecha de iniciación de la unión de hecho, cuando dicho dato consta en la solicitud presentada por los convivientes, la misma que obra inserta en la escritura pública”. Criterio adoptado en las Resoluciones Nº 2249-2011-SUNARP-TR-L del 9/12/2011 y Resolución Nº 351-2012-SUNARP-TR-L del 2/03/2012.  
“No resulta necesario que el notario de manera expresa señale la fecha de iniciación de la unión de hecho, cuando dicho dato consta en la solicitud presentada por los convivientes, la misma que obra inserta en la escritura pública”. Criterio adoptado en las Resoluciones Nº 2249-2011-SUNARP-TR-L del 9/12/2011 y Resolución Nº 351-2012-SUNARP-TR-L del 2/03/2012.  


== Resoluciones del Tribunal Registral ==
== Jurisprudencia Registral ==


'''1) INSCRIPCIÓN DE LA UNIÓN DE HECHO'''
=== Resoluciones del Tribunal Registral ===


No procede la inscripción del reconocimiento de la unión de hecho y su cese, cuando no se ha presentado parte notarial de la escritura pública en la que conste la declaración notarial respectiva o cuando no se ha adjuntado parte judicial que contenga resolución firme que declare en tal sentido.
====Sumilla de la Resolución N° 641-2016-SUNARP-TR-A de 28/10/2016 sobre la inscripción de unión de hecho====


Resolución 641-2016-SUNARP-TR-A.
''No procede la inscripción del reconocimiento de la unión de hecho y su cese, cuando no se ha presentado parte notarial de la escritura pública en la que conste la declaración notarial respectiva o cuando no se ha adjuntado parte judicial que contenga resolución firme que declare en tal sentido.''


'''2) INCOMPATIBILIDAD DE LA UNIÓN DE HECHO CON LO INSCRITO'''
No procede la inscripción del reconocimiento de la unión de hecho cuando su fecha de inicio resulta incompatible con otras inscripciones referidas a los convivientes en el Registro Personal.


Resolución 246-2016-SUNARP-TR-A.
====Sumilla de la Resolución 246-2016-SUNARP-TR-A de 25/04/2016 sobre la incompatibilidad de la unión de hecho con lo inscrito====


'''3) PROTOCOLIZACIÓN DE LOS ACTUADOS'''  
''No procede la inscripción del reconocimiento de la unión de hecho cuando su fecha de inicio resulta incompatible con otras inscripciones referidas a los convivientes en el Registro Personal.''


Transcurridos quince (15) días útiles desde la publicación del último aviso, sin que se hubiera formulado oposición, el notario extiende la escritura pública con la declaración del reconocimiento de la unión de hecho entre los convivientes.


Resolución 584-2015-SUNARP-TR-A.
====Sumilla de la Resolución 584-2015-SUNARP-TR-A de 15/08/2015 sobre protocolización de los actuados====


'''4) IMPROCEDENCIA DE INSCRIPCIÓN DE RECONOCIMIENTO DE UNIÓN DE HECHO'''
''Transcurridos quince (15) días útiles desde la publicación del último aviso, sin que se hubiera formulado oposición, el notario extiende la escritura pública con la declaración del reconocimiento de la unión de hecho entre los convivientes.''


No procede la inscripción del reconocimiento de la unión de hecho cuando no se ha presentado parte notarial de la escritura pública en la que conste la declaración notarial emitida respecto del procedimiento en el que se pruebe el cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 45 y siguientes de la Ley Nº 26662 Ley de Competencia Notarial en Asuntos No Contenciosos, o cuando no se ha adjuntado parte judicial que contenga resolución firme que declare el reconocimiento de dicha unión de hecho.


Resolución 1416-2015-SUNARP-TR-L.
====Sumilla de la Resolución 1416-2015-SUNARP-TR-L de 17/07/2015 sobre improcedencia de inscripción de reconocimiento de unión de hecho====
 
''No procede la inscripción del reconocimiento de la unión de hecho cuando no se ha presentado parte notarial de la escritura pública en la que conste la declaración notarial emitida respecto del procedimiento en el que se pruebe el cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 45 y siguientes de la Ley Nº 26662 Ley de Competencia Notarial en Asuntos No Contenciosos, o cuando no se ha adjuntado parte judicial que contenga resolución firme que declare el reconocimiento de dicha unión de hecho.''


== Tasa registral ==
== Tasa registral ==
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