Diferencia entre revisiones de «Inscripción de reversión de donación o anticipo de legítima»
Inscripción de reversión de donación o anticipo de legítima (ver código)
Revisión del 16:17 25 sep 2019
, 25 sep 2019→Tasas registrales
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''Para la validez de la revocación de la donación, basta invocar alguna de las causales de desheredación o de indignidad, no siendo necesaria la previa comprobación judicial. No procede la revocación de la donación cuando el donatario es menor de edad.'' | ''Para la validez de la revocación de la donación, basta invocar alguna de las causales de desheredación o de indignidad, no siendo necesaria la previa comprobación judicial. No procede la revocación de la donación cuando el donatario es menor de edad.'' | ||
== | ==Tasa registral== | ||
===Tasa aplicable al monto valorizado hasta S/ 35 000.00=== | |||
Derecho de | *Derecho de Presentación: S/ 34.00 | ||
*Derecho de inscripción: Monto de la donación X 1.5/1000 | |||
*Plazo de calificación: 7 días hábiles | |||
===Tasa aplicable al monto valorizado en más de S/ 35 000.00 === | |||
*Derecho de Presentación: S/ 34.00 | |||
*Derecho de inscripción: Monto de la donación X 3/1000 | |||
3/1000 | *Plazo de calificación: 7 días hábiles | ||
Plazo de calificación: 7 días hábiles | |||
'''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público y complejidad del título".''''' |