Diferencia entre revisiones de «Inscripción de reversión o revocatoria de anticipo de legítima»

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== Requisitos para la inscripción ==
== Requisitos para la inscripción ==


a) Formulario de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante (persona que realiza el trámite en la Sunarp).


b) Escritura pública de reversión o revocación otorgada por el anticipante, la que debe contener la mención expresa de la respectiva causal.
b) [[Parte notarial]] de escritura pública de reversión o revocación otorgada por el anticipante, la que debe contener la mención expresa de la respectiva causal.


c) Tratándose de revocatoria, debe acompañarse además la comunicación indubitable a que se refiere el artículo 1640 del Código Civil, cursada al  donatario o al beneficiario del anticipo, según el caso.
c) Tratándose de revocatoria, debe acompañarse además la comunicación indubitable a que se refiere el artículo 1640 del Código Civil, cursada al  donatario o al beneficiario del anticipo, según el caso.


d) Debe encontrarse previamente inscrita la donación o el anticipo de legítima.
d) Debe encontrarse previamente inscrito el anticipo de legítima.


e) Pago de derechos registrales.
e) Pago de derechos registrales.
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