Inscripción de transferencia de propiedad de vehículo automotor

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La Transferencia de propiedad de vehículo automotor puede inscribirse en el Registro de Propiedad Mueble.

Requisitos para la inscripción

  • A efectos de inscribir la transferencia de un vehículo es necesario que acudan ante un notario tanto comprador y vendedor a fin de que se realice un "acta de transferencia vehicular", en mérito a este documento se realizará el cambio de propietario, para ello el Notario deberá de presentarnos:

a) Solicitud de inscripción de título debidamente llenado y suscrito por el presentante (formulario de distribución gratuita).Recabarlo en Oficina Registral.

b) Parte notarial del "acta de transferencia" conteniendo los datos de identificación de los contratantes o sus representantes, su estado civil, el acto jurídico mediante el cual transfieren la propiedad del bien, los datos que permitan la identificación indubitable del vehículo (de conformidad a los consignados en la tarjeta de identificación vehicular y en la partida registral), el valor y la forma de pago según corresponda. Solamente el Notario o sus dependientes debidamente acreditados son los autorizados para presentar el parte notarial ante la Sunarp.

Tener en cuenta para la inscripción

a) Si el vehículo tiene placa antigua y realiza el cambio de propietario, se le va a cambiar a la placa nueva automáticamente, en caso de que su vehículo realice transporte público deberá adjuntar copia certificada de la tarjeta de operación vigente emitido por el SETAME o el SETACA, o tarjeta de circulación vigente emitido por la Municipalidad Provincial o el MTC según el caso; para que la asignación de la nueva placa sea como vehículo público. Caso contrario se le asignará como vehículo particular, salvo que sea vehículo de carga.

b) Al concluir el trámite se le entregaría la tarjeta de identificación vehicular y una orden de giro para iniciar el trámite de fabricación de placas, en Lima está a cargo de la Asociación Automotriz del Perú y en provincias la Cámara de Comercio.

Base legal

  • Artículo 65 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular, aprobado por Resolución N° 039-2013-SUNARP/SN del 20 de febrero del 2013.

Precedentes de observancia obligatoria

No existen precedentes sobre este acto.

Jurisprudencia Registral

Resoluciones del Tribunal Registral

Sumilla de la Resolución 515-2016-SUNARP-TR-L de 11/03/2016 sobre transferencia de vehículo

De conformidad con el artículo 1266 del Código Civil, si se ha determinado el valor del bien que se transfiere como forma de pago, se aplican las reglas de la compraventa. En ese sentido, resulta válido que el acuerdo de dación en pago se materialice en un contrato de compraventa.

Sumilla de la Resolución 2677-2015-SUNARP-TR-L de 30/12/2015 sobre transferencia de vehículo

No constituye obstáculo para la inscripción de la transferencia de un vehículo, la anotación de robo que pese sobre el mismo.

Sumilla de la Resolución 1954-2015-SUNARP-TR-L de 29/09/2015 sobre transferencia de vehículo

No constituye obstáculo para la inscripción de la transferencia de un vehículo, la afectación de vehículo liberado que pese sobre el mismo, si se acredita que a la fecha ha transcurrido el plazo de vigencia de las restricciones derivadas de ella.

Sumilla de la Resolución 1905-2015-SUNARP-TR-L de 25/09/2015 sobre presentación de acta notarial de transferencia vehicular

Cuando se trate de parte notarial del acta de transferencia de vehículo, deberá ser presentado por el notario ante el cual se extendió o su dependiente acreditado ante SUNARP, salvo se autorice a tercero de manera expresa a su presentación y en caso de cese del notario, deberá autorizar el notario reemplazante designado por el Colegio de Notarios competente; dispositivo que resulta aplicable a la inscripción del acta de protocolización de prescripción adquisitiva de dominio vehicular.

Tasa registral

  • Derecho de Presentación: S/ 54.00
  • Plazo de calificación: 7 dias hábiles.
 "Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".