Diferencia entre revisiones de «Inscripción de transferencia de propiedad en el mandato sin representación»

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==Requisitos para la inscripción==
==Requisitos para la inscripción==


a) Formulario de presentación de título, suscrito por el presentante. Recabado en oficina registral.
a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante (persona que realiza el trámite en la Sunarp).


b) Formulario registral o parte notarial de la Escritura Pública otorgada por mandatario y mandante que contenga el acto de transferencia, con la debida autorización del Notario para su presentación en la Sunarp.
b) Es título inscribible:


c) Formulario registral legalizado por Notario o por el Juez de Paz en los lugares que no cuenten con Notario (siempre que el valor de los predios no superen las 20 UIT) de conformidad con lo señalado en la Ley 27755.
- [[Parte notarial]] de la Escritura Pública otorgada por mandatario y mandante que contenga el acto de transferencia.
 
- Formulario registral otorgada por mandatario y mandante que contenga el acto de transferencia, legalizado por Notario o por el Juez de Paz en los lugares que no cuenten con Notario.


==Tener en cuenta para la inscripción==
==Tener en cuenta para la inscripción==
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