Diferencia entre revisiones de «Inscripción de transferencia por subasta pública»

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== Requisitos para la inscripción ==
== Requisitos para la inscripción ==


a) Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. (Solicitarlo en cualquier oficina de Sunarp.)
a)Formulario de solicitud de Inscripción debidamente llenado y suscrito por el presentante.


b) Resolución que aprueba la baja de los bienes (en copia certificada por funcionario competente)
b)Asimismo, se procederá a la verificación biométrica por huella digital del presentante. En caso que el lector biométrico no permita la captura de la huella digital, el encargado del Diario y Mesa de Partes o el encargado de la Oficina Registral autorizará el ingreso del titulo mediante un formato autorizado. Para determinar el estado civil del adquirente, el Registrador se basará en  la declaración efectuada por el adquirente contenido en el título inscribible.


c) Resolución que aprueba la subasta pública (en copia certificada por funcionario competente)
c)Si es una sociedad conyugal, bastará la intervención de cualquiera de los cónyuges manifestando su condición de casado e indicando el nombre  y apellidos de su cónyuge, así como el tipo y número de su documento  de identidad.


d) Acta de subasta pública (en copia certificada por funcionario competente)
d)El Oficio dirigido al Registro de Propiedad Vehicular.


e) Acta de entrega.
e)La resolución administrativa que aprueba la baja del vehículo del margesí de bienes de la entidad estatal, en copia certificada por funcionario  competente de la entidad que conserva en su poder el original. La resolución administrativa que autoriza la venta por subasta pública, en copia certificada por funcionario competente de la entidad que conserva en su poder el original.


f) Comprobante de pago
f)El acta de subasta pública en copia certificada por funcionario competente de la entidad que conserva en su poder el original.
 
g)El comprobante de pago señalado en el numeral 6.5.3.6 de la Directiva N° 001-2015-SBN.
 
h)Cuando se genere la asignación de un nuevo número de matrícula y por ende la entrega de una nueva placa nacional de rodaje, el usuario, en el caso de que el vehículo este destinado a la prestación del servicio de transporte de personas, deberá adjuntar copia certificada del documento que acredite la habilitación del vehículo en el servicio de transporte de personas correspondiente, otorgado por la autoridad competente. De no presentar tal documento, se asignará la placa que corresponda a un vehículo particular.
 
i)Pago de derechos registrales.
 
j)Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.
 
== Base legal==
 
·      Artículos:4, 7, 9, 10, 11, 12, 14, 15, 17, 25, 28, 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP-SN (18/05/2012).
 
·      Resolución Nº 181-2015-SUNARP-SN.
 
·      Artículos 4, 5, 6, 7, 8, 11, 12, 13, 65, 67, 75 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular aprobado por  Resolución 039-2013-SUNARP-SN (20/02/2013).
 
·      Artículo 4 de la Resolución Directoral 4560-2011-MTC/15 (11/12/2011).
 
·      Título Preliminar, Norma II  del D.S 133-2013-EF aprueba el TUO del Código Tributario.
 
·      Decreto Supremo 086-90-EF (29-03-90) reglamentado con Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 098-98-SUNARP que aprueba Aranceles del Registro de Propiedad Vehicular.
 
·      Artículos 166, 167, 168, 169, 170, 171 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP-SN (18/05/2012).
 
·      Resolución N° 046-2015-SBN, Aprueban la Directiva "Procedimientos de Gestión de los Bienes Muebles Estatales" y dictan otras disposiciones, Directiva N° 001-2015-SBN.


== Precedentes de observancia obligatoria ==
== Precedentes de observancia obligatoria ==
2010

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