Diferencia entre revisiones de «Inscripción definitiva de saneamiento de bien estatal»
Inscripción definitiva de saneamiento de bien estatal (ver código)
Revisión del 05:14 17 jun 2021
, 17 jun 2021→Acuerdos Plenarios
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Línea 13: | Línea 13: | ||
==Precedentes de observancia obligatoria== | ==Precedentes de observancia obligatoria== | ||
'''Calificación del contenido de las publicaciones realizadas en el procedimiento de saneamiento establecido en el D.S. N° 130-2001-EF Publicaciones en el Saneamiento de la Propiedad Estatal''' | |||
“En las publicaciones que se efectúen en los procedimientos de saneamiento de la propiedad estatal se verificará exclusivamente (1) los datos que permitan identificar el predio y (2) la indicación expresa del acto materia de saneamiento; quedando fuera de la calificación otros aspectos formales y de contenido de las publicaciones. | |||
En un mismo procedimiento podrá sanearse de forma acumulativa o alternativa dos o más actos. Los errores u omisiones en las publicaciones de los elementos a que se refiere el primer párrafo constituyen defectos subsanables”. | |||
Criterio sustentado en la Resolución N° 539-2020-SUNARP-TR-L del 14/02/2020. | |||
''Pleno CCXXVII, Primer precedente, sesión ordinaria no presencial sincrónica realizada los días 20 Y 21 de julio de 2020.'' | |||
==Acuerdos Plenarios== | ==Acuerdos Plenarios== | ||
''' | '''Precisión del Acuerdo sobre Saneamiento de Propiedad estatal aprobado en el Pleno 214-2019 respecto de la fecha cierta que se indica en la declaración jurada''' | ||
““En la declaración jurada bastará verificar que la autoridad declare que la fecha consignada en el documento de adquisición de su derecho (día, mes y año) es fecha cierta. No corresponde evaluar que la fecha cierta declarada por la autoridad se ajusta a las disposiciones normativas”. | |||
Criterio sustentado en las Resoluciones N° 822-2020-SUNARP-TR-L y N° 1761-2020-SUNARP-TR-L. | |||
''Pleno CCXXXIV, Acuerdo Plenario, sesión extraordinaria modalidad no presencial realizada el día 29 de octubre de 2020.'' | |||
'''Saneamiento de la propiedad estatal''' | |||
* '''Normas que regulan el saneamiento de la propiedad estatal''' | |||
El Dec. Leg. 1358 ha modificado el contenido de la declaración jurada regulada en el Decreto Supremo 130-2001-EF. | |||
* '''Contenido mínimo de Declaración Jurada:''' | |||
Los requisitos mínimos de la declaración jurada son: | |||
- Tipo de documento (escritura pública, acta, minuta, etc) | |||
- Fecha cierta del documento. | |||
- Nombre o denominación del transferente (para acreditar tracto sucesivo cuando corresponda). | |||
* '''Consignación de acto causal''' | |||
Si en la declaración jurada se consigna el acto causal por el que se adquiere la propiedad éste no será objeto de calificación. | |||
''Pleno CCXIV, Tercer acuerdo, sesión ordinaria modalidad presencial realizada los días 19 y 20 de agosto de 2019.'' | |||
'''Oposición judicial en saneamiento''' | '''Oposición judicial en saneamiento''' |