Diferencia entre revisiones de «Inscripción definitiva de sucesión intestada»

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La inscripción de declaración definitiva de sucesión intestada tiene por objeto determinar quiénes son los herederos del causante y se inscribe como sucesión intestada en el Registro de Sucesiones Intestadas.
La inscripción de declaración definitiva de sucesión intestada tiene por objeto determinar quiénes son los herederos del causante y se inscribe como sucesión intestada en el Registro de Sucesiones Intestadas.
Una o más personas naturales solicitan se inscriba su condición como heredero(s) de quien ha fallecido sin otorgar testamento, con el objeto de que se publicite a terceros su respectivo derecho. Actos: Sucesión intestada Definitiva.


== Requisitos para la inscripción ==
== Requisitos para la inscripción ==
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e) Otros, según calificación registral  y disposiciones vigentes
e) Otros, según calificación registral  y disposiciones vigentes
1.- Formato de Solicitud de Inscripción debidamente llenado y suscrito. 2.- Parte Notarial donde conste el acto de declaración de la Sucesión Intestada, o Parte Judicial con la documentación que contenga la Declaración de Sucesión Intestada o la de inclusión/exclusión de heredero, o Instrumento público otorgado en el extranjero en idioma español o traducido a éste, conforme a las normas de derecho internacional privado. Notas: 1.- El presente procedimiento administrativo consta de actos registrales, los cuales son independientes, por lo cual, los derechos de trámite son individuales, siendo el pago por cada uno.


== ¿Qué se deberá tener en cuenta para la inscripción? ==
== ¿Qué se deberá tener en cuenta para la inscripción? ==
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* Sétima Disposición Complementaria, Transitoria y Final Decreto Legislativo Del Notariado, aprobado por D.Leg. N° 1049. (26/06/2008).
* Sétima Disposición Complementaria, Transitoria y Final Decreto Legislativo Del Notariado, aprobado por D.Leg. N° 1049. (26/06/2008).
Artículos 2009°, 2010°, 2011°, 2013°, 2041°, 2042° y 2108° Código Civil Decreto Legislativo N° 295 24/07/1984 Séptima Disposición Complementaria Transitoria y Final Decreto Legislativo del Notariado Decreto Legislativo N° 1049 09/07/2008 1 Ley de Competencia Notarial en Asuntos No Contenciosos Ley N° 26662 22/09/1996 Artículos 508°, 509°, 510°, 511°, 512°, 513°, 514°, 515°, 516°, 517° y 518° Reglamento Consular Decreto Supremo N° 076-2005 -RE 05/10/2005 Artículo 2° Reglamento del Traductor Público Juramentado Decreto Supremo N° 126-2003-RE 12/11/2003 Artículo 31° Reglamento de Inscripciones de los Registros de Testamento y de Sucesiones Intestadas Resolución de Superintendencia N° 156-2012- SUNARP/SN 19/06/2012 Artículos 830° y 762° Código Procesal Civil Decreto Legislativo N° 768 04/03/1992 Artículo 15° y 28° literal b) Texto Único Ordenado del Reglamento General de los Registros Públicos Resolución de Superintendencia N° 126-2012- SUNARP/SN 18/05/2012 1, 2, 3 y 10 (modificado por Decreto Legislativo N°1451 Ley que crea el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional Ley 26366 14/10/1994


== Precedentes de observancia obligatoria ==
== Precedentes de observancia obligatoria ==
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Resolución 057-2015-SUNARP-TR-A
Resolución 057-2015-SUNARP-TR-A
==Pago por derecho de tramitación==
Monto - S/ 146.20


== Tasa registral ==
== Tasa registral ==
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* Total: S/ 20.00 soles
* Total: S/ 20.00 soles
==Plazo de atención==
7 días hábiles


'''Plazo de calificación:'''  
'''Plazo de calificación:'''  
2010

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