Diferencia entre revisiones de «Anotación de embargo administrativo en el Registro de Propiedad Inmueble»
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Anotación de embargo administrativo en el Registro de Propiedad Inmueble (ver código)
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==Base legal== | ==Base legal== | ||
*Artículos 12, 15, 17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN | *Artículos 12, 15, 17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012) | ||
(18/05/2012) | |||
*Artículos 17, 33 inciso c) del TUO de la Ley N° 26979 aprobado por D.S. N° 018-2008-JUS (06/12/2008) | *Artículos 17, 33 inciso c) del TUO de la Ley N° 26979 aprobado por D.S. N° 018-2008-JUS (06/12/2008) | ||
*Artículo 118 del TUO del Código Tributario aprobado por D.S. N° 133-2013-EF (22/06/2013) | *Artículo 118 del TUO del Código Tributario aprobado por D.S. N° 133-2013-EF (22/06/2013) |