Diferencia entre revisiones de «Inmatriculación del territorio de comunidades campesinas»
De wikiregistral
Inmatriculación del territorio de comunidades campesinas (ver código)
Revisión del 02:46 3 oct 2019
, 3 oct 2019sin resumen de edición
Etiqueta: visualeditor-wikitext |
Sin resumen de edición Etiqueta: visualeditor-wikitext |
||
Línea 3: | Línea 3: | ||
== Requisitos para la inscripción == | == Requisitos para la inscripción == | ||
a) | a)Formulario de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. | ||
b) | b)Actas de colindancia suscritas por la comunidad a titularse y sus colindantes con derecho inscrito o debidamente acreditados, así como por el funcionario competente. En el caso de colindancias con propiedades inscritas en el Registro de Predios se debe considerar los linderos o líneas de colindancia que figuren en la partida registral, no siendo exigible la presentación de actas de colindancia con dichas propiedades. Cuando la colindancia sea con terrenos del Estado, las actas de colindancia serán suscritas por el representante de la Superintendencia de Bienes Estatales designado para el efecto. En el caso que la titularidad corresponda a un Gobierno Regional, Local u organismo del Estado como Ministerios, Direcciones Regionales de cada Sector, Institutos, Proyectos Especiales u otra entidad del Estado, corresponde suscribirlas a los representantes de dichos organismos. | ||
c) | c)Plano de conjunto de la Comunidad Campesina, debidamente georreferenciado a la Red Geodésica Nacional y visado por funcionario competente. | ||
d) | d)Memoria Descriptiva autorizada por el funcionario competente. | ||
e) | e)Pago de derechos registrales. | ||
==Base legal== | ==Base legal== | ||
* Artículos 15, 17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN | |||
(18/05/2012) | |||
* Artículos 16 y 29 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios aprobado por Resolución N° 097-2013-SUNARP/SN (03/05/2013) | |||
* Artículos 2011 y 2018 del Código Civil aprobado por D.Leg. N° 295 (25/07/1984) | |||
* Artículo 10 de la Ley que declara de necesidad nacional e interés social el deslinde y la titulación del Territorio de las Comunidades Campesinas Ley N° 24657 (14/04/1987) | |||
* Directiva N° 10-2013-SUNARP/SN aprobada por Resolución N° 343-2013-SUNARP/SN(17/12/2013) | |||
* D.S. N° 017-2003-JUS (18/09/2003) que aprueba las tasas registrales de los servicios de inscripción y de publicidad por oficina registral. | |||
== Precedente de observancia obligatoria == | == Precedente de observancia obligatoria == |