Diferencia entre revisiones de «Inscripción de nulidad, anulabilidad y demás mandatos judiciales relativos a disposiciones testamentarias»
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Inscripción de nulidad, anulabilidad y demás mandatos judiciales relativos a disposiciones testamentarias (ver código)
Revisión del 05:49 8 oct 2019
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Línea 3: | Línea 3: | ||
==Requisitos para la inscripción== | ==Requisitos para la inscripción== | ||
a)Formulario de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. | |||
b)Parte Judicial que debe contener el oficio del juez y copias certificadas de la resolución que declara la nulidad, falsedad o caducidad del testamento, de la que declara consentida o ejecutoriada la misma. Las copias deben estar certificadas por el secretario de Juzgado y las resoluciones suscritas por el Juez y el auxiliar jurisdiccional respectivo. | |||
c)La nulidad, anulabilidad o caducidad de los testamentos requieren la previa inscripción de los mismos. | |||
d)Pago de derechos registrales. | |||
e)Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. | |||
'''QUÉ DEBERÁ TENER EN CUENTA?:''' | '''QUÉ DEBERÁ TENER EN CUENTA?:''' | ||
Línea 13: | Línea 17: | ||
-Se debe haber realizado la inscripción previa del testamento. | -Se debe haber realizado la inscripción previa del testamento. | ||
== Base legal== | |||
·Artículos 15,17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN(18/05/2012). | |||
·Artículos 805 al 814, 2010, 2011, 2015, 2039 y 2040 del Código Civil aprobado por D.Leg. 295 (25/07/1984). | |||
·Artículo 24 del Reglamento de Inscripciones de los Registros de Testamentos y de Sucesiones Intestadas, aprobado por Resolución N° 156-2012-SUNARP/SN (19/06/2012). | |||
·Artículos 122, 123, 139 y 148 del TUO del Código Procesal Civil aprobado por R.M. N° 010-93-JUS (23/04/1993). | |||
·D.S. N° 037-94-JUS (28/06/1994). | |||
·Artículo 58 de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Ley N° 26497 (12/07/1995); 64 del | |||
·Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil D.S. N° 015-98-PCM (12/04/1994). | |||
==Precedentes de observancia obligatoria== | ==Precedentes de observancia obligatoria== |