Diferencia entre revisiones de «Cancelación por caducidad de medidas cautelares (código de procedimiento civiles de 1912)»
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Cancelación por caducidad de medidas cautelares (código de procedimiento civiles de 1912) (ver código)
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La [[Cancelación por caducidad]] de [[Medida cautelar]] (código de procedimiento civiles de 1912) corresponde al Registro de Propiedad Inmueble. | La [[Cancelación por caducidad]] de [[Medida cautelar]] (código de procedimiento civiles de 1912) corresponde al Registro de Propiedad Inmueble. | ||
== Requisitos para inscripción == | |||
a)Formulario de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. | |||
b)Declaración jurada del interesado con firma certificada por notario o fedatario de esta institución, en el que expresamente se indique la fecha del asiento de presentación que originó la inscripción del asiento que se solicita levantar y el tiempo transcurrido. | |||
c)Pago de derechos registrales. | |||
== Base legal== | |||
* Artículos 15, 17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012) | |||
* Artículo 131 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios aprobado por Resolución N° 097-2013-SUNARP/SN (03/05/2013). | |||
* Artículo 625 del TUO del Código Procesal Civil aprobado por R.M. N° 010-93-JUS (23/04/1993). | |||
* Ley N° 26639 (27/06/1996) Ley que precisa la aplicación del plazo de caducidad previsto en el art. 625 del Código Procesal Civil y sus modificatorias. | |||
* | * Artículo 2011 del Código Civil aprobado por D.Leg. N° 295 (25/07/1984). | ||
* | * D.S. N° 017-2003-JUS (18/09/2003) que aprueba las tasas registrales de los servicios de inscripción y de publicidad por oficina registral. | ||
== Precedentes de observancia obligatoria == | == Precedentes de observancia obligatoria == |