Diferencia entre revisiones de «Anotación de robo»
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== Base legal== | == Base legal== | ||
* | * Artículos 4, 7, 9, 10, 12, 14, 15, 17, 25, 28, 166, 167, 168, 169, 170, 171 de la Resolución N° 126-2012-SUNARP-SN que aprueba el TUO del Reglamento General de los Registros Públicos. | ||
* Artículos: 4,6,7,8,11,13, 99 | * Artículos: 4,6,7,8,11,13, 99 de la Resolución N° 039-2013-SUNARP-SN que aprueba el Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular. | ||
* Título Preliminar, Norma II del | * Título Preliminar, Norma II del Decreto Supremo N° 133-2013-EF aprueba el TUO del Código Tributario. | ||
* D.S.37-94-JUS aprueba Aranceles de Registros Públicos | * D.S.37-94-JUS aprueba Aranceles de Registros Públicos | ||
Línea 31: | Línea 31: | ||
=== Resoluciones del Tribunal Registral === | === Resoluciones del Tribunal Registral === | ||
====Sumilla de la Resolución 026-2015-SUNARP-TR-L | ====Sumilla de la Resolución N° 026-2015-SUNARP-TR-L del 09/02/2015 sobre levantamiento de anotación de robo de vehículo==== | ||
''Es título suficiente para inscribir el levantamiento de anotación de robo de vehículo el boletín o certificado expedido por la Policía Nacional del Perú, el mismo que deberá indicar que el vehículo robado ha sido recuperado.'' | ''Es título suficiente para inscribir el levantamiento de anotación de robo de vehículo el boletín o certificado expedido por la Policía Nacional del Perú, el mismo que deberá indicar que el vehículo robado ha sido recuperado.'' |