Diferencia entre revisiones de «Inscripción de adecuación de rondas campesinas independientes a la ley N°27908»
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Inscripción de adecuación de rondas campesinas independientes a la ley N°27908 (ver código)
Revisión del 02:42 24 mar 2020
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La [[Adecuación de rondas campesinas | La [[Adecuación de rondas campesinas a la ley N° 27908]] pueden inscribirse en el Registro de Personas Jurídicas. | ||
==Requisitos para la inscripción== | ==Requisitos para la inscripción== | ||
a) | a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante. | ||
b)Copia certificada del | b) Copia certificada del acta de asamblea general de los pobladores rurales del caserío, centro poblado o de otra circunscripción territorial, en la que se apruebe la adecuación de la Ronda y la convocatoria a la asamblea general de ronderos y ronderas, así como la designación de la o las personas encargadas de convocarla y presidirla. | ||
c) Copia certificada del acta de la asamblea general de ronderos y ronderas, en la que conste la adopción del acuerdo de aprobación del estatuto adecuado de la ronda, cuyo texto íntegro formará parte del acta. | |||
d) Copia certificada del padrón de ronderos o ronderas o en su defecto constancia de convocatoria y cuórum. | |||
e) Pago de los derechos registrales. | |||
f) Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. | |||
f)Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. | |||
==Tener en cuenta para la inscripción== | ==Tener en cuenta para la inscripción== | ||
===Sobre la inscripción de los acuerdos contenidos en las actas, es necesario que | ===Sobre la inscripción de los acuerdos contenidos en las actas, es necesario que estas contengan como mínimo la información siguiente:=== | ||
a) El órgano que sesionó | a) El órgano que sesionó. | ||
b) La fecha y hora de inicio y conclusión de la sesión | b) La fecha y hora de inicio y conclusión de la sesión. | ||
c) El lugar de la sesión | c) El lugar de la sesión. | ||
d) El nombre completo de la persona que presidió la sesión y de la persona que actuó como secretario | d) El nombre completo de la persona que presidió la sesión y de la persona que actuó como secretario. | ||
e) Tratándose de actas en las que consten procesos electorales conducidos por órgano electoral o sesiones de juntas o consejos directivos u órganos similares, deberá constar el nombre de los integrantes del órgano electoral o consejo directivo que asistieron | e) Tratándose de actas en las que consten procesos electorales conducidos por órgano electoral o sesiones de juntas o consejos directivos u órganos similares, deberá constar el nombre de los integrantes del órgano electoral o consejo directivo que asistieron. | ||
f) Los acuerdos con la indicación del número de votos con el que fueron aprobados, salvo que se haya aprobado por unanimidad, en cuyo caso bastará consignar dicha circunstancia | f) Los acuerdos con la indicación del número de votos con el que fueron aprobados, salvo que se haya aprobado por unanimidad, en cuyo caso bastará consignar dicha circunstancia. | ||
g) La firma de quien presidió la sesión y de quien actuó como secretario, y, en su caso, las demás firmas que deban constar en el acta conforme a las disposiciones legales, estatutarias, o a lo que acuerde el órgano que sesione. | g) La firma de quien presidió la sesión y de quien actuó como secretario, y, en su caso, las demás firmas que deban constar en el acta conforme a las disposiciones legales, estatutarias, o a lo que acuerde el órgano que sesione. | ||
===Sobre la constancia de convocatoria y | ===Sobre la constancia de convocatoria y cuórum:=== | ||
====Tienen la calidad de una declaración jurada y deben cumplir los siguientes requisitos:==== | ====Tienen la calidad de una declaración jurada y deben cumplir los siguientes requisitos:==== | ||
a) En el caso de las | a) En el caso de las asambleas generales de constitución o adecuación de las rondas campesinas subordinadas y de las rondas comunales: Deben estar firmadas por el presidente de la Directiva Comunal de la comunidad campesina, quien deberá tener mandato vigente e inscrito en la partida de la comunidad. | ||
b) En el caso de la | b) En el caso de la asamblea general de rondas campesinas independientes, deben estar suscritas por la o las personas designadas para convocarla y presidirla. | ||
c) Las constancias mencionadas se presentarán en original, con firma certificada por notario, juez de paz ( en los lugares donde no exista notario) o fedatario de cualquier Oficina Registral de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; tienen el carácter de declaración jurada y son de responsabilidad de quienes las expiden, debiendo indicar el nombre completo, documento de identidad y domicilio real del declarante y deberá constar en las mismas lo | c) Las constancias mencionadas se presentarán en original, con firma certificada por notario, juez de paz (en los lugares donde no exista notario) o fedatario de cualquier Oficina Registral de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; tienen el carácter de declaración jurada y son de responsabilidad de quienes las expiden, debiendo indicar el nombre completo, documento de identidad y domicilio real del declarante y deberá constar en las mismas lo siguiente: | ||
c.1) La constancia de convocatoria, debe contener lo siguiente: | c.1) La constancia de convocatoria, debe contener lo siguiente: | ||
Línea 57: | Línea 55: | ||
*Reproducir el texto de la convocatoria (los datos relativos a la fecha, hora de inicio y lugar de la sesión, así como los temas a tratar deben corresponder con los que constarán en el acta) | *Reproducir el texto de la convocatoria (los datos relativos a la fecha, hora de inicio y lugar de la sesión, así como los temas a tratar deben corresponder con los que constarán en el acta) | ||
*En caso que la | *En caso que la comunidad no tenga estatuto, en la constancia deberá indicarse que la convocatoria se efectuó de acuerdo a sus costumbres. | ||
*En el caso de la Asamblea General de Ronderos y Ronderas independientes, en la constancia deberá indicarse que la convocatoria se efectuó de conformidad con lo acordado en la | *En el caso de la Asamblea General de Ronderos y Ronderas independientes, en la constancia deberá indicarse que la convocatoria se efectuó de conformidad con lo acordado en la asamblea general de pobladores. | ||
c.2) La constancia sobre el | c.2) La constancia sobre el cuórum, deberá indicar lo siguiente: | ||
*El número de los miembros o delegados que se encontraban habilitados para concurrir a la sesión. | *El número de los miembros o delegados que se encontraban habilitados para concurrir a la sesión. | ||
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*El nombre completo de los miembros que asistieron a la sesión. | *El nombre completo de los miembros que asistieron a la sesión. | ||
*En caso que la | *En caso que la comunidad no tenga estatuto, en la constancia deberá indicarse que el cuórum fue verificado y calculado de acuerdo a sus costumbres. | ||
*En el caso de la | *En el caso de la asamblea general de ronderos y ronderas de una ronda independiente, en la constancia deberá indicarse que el cuórum corresponde en primera convocatoria, a la mitad más uno de los comuneros calificados (puede ser un cuórum mayor pero no es válido uno inferior a la mitad más uno) y en segunda convocatoria, con el número de ronderos habilitados que establezca el estatuto de la ronda. | ||
*Los acuerdos se tomarán por mayoría simple de votos. | *Los acuerdos se tomarán por mayoría simple de votos. | ||
Línea 77: | Línea 75: | ||
==Base legal== | ==Base legal== | ||
* Artículos 15,17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012). | * Artículos 15,17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por [[Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN]] (18/05/2012) y sus modificatorias. | ||
* Artículo 5 de la Ley N° 27908 Ley de Rondas Campesinas (07/01/2003) | * Artículo 5 de la Ley N° 27908 Ley de Rondas Campesinas (07/01/2003). | ||
* Artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley de Rondas Campesinas aprobado por D.S. N° 025-2003-JUS (30/12/2003). | |||
* Artículo 5, numeral 5.1 inciso b), 5.3, 5.9, 5.10, 5.11 y 5.15 de la Directiva N° 003-2011-SUNARP/SA, aprobada por Resolución N° 108-2011-SUNARP/SA (14/12/2011). | * Artículo 5, numeral 5.1 inciso b), 5.3, 5.9, 5.10, 5.11 y 5.15 de la Directiva N° 003-2011-SUNARP/SA, aprobada por Resolución N° 108-2011-SUNARP/SA (14/12/2011). | ||
Línea 113: | Línea 109: | ||
''Si no se desprende indubitablemente quienes han asumido las funciones de presidente y secretario durante la sesión de asamblea general, es posible subsanar este defecto mediante reapertura del acta primigenia.'' | ''Si no se desprende indubitablemente quienes han asumido las funciones de presidente y secretario durante la sesión de asamblea general, es posible subsanar este defecto mediante reapertura del acta primigenia.'' | ||
====Sumilla de la Resolución 813-2011 SUNARP-TR sobre formalidad de constancias de convocatoria y | ====Sumilla de la Resolución 813-2011 SUNARP-TR sobre formalidad de constancias de convocatoria y cuórum==== | ||
''La calificación simplificada de la convocatoria y | ''La calificación simplificada de la convocatoria y cuórum exige que, por lo menos, se cumpla rigurosamente con la formalidad de las constancias. Si contienen defectos es conveniente que se emita una nueva constancia o una aclaratoria que contenga todos los requisitos reglamentarios.'' | ||
== Tasa registral == | == Tasa registral == | ||
*Derecho de presentación: S/ | *Derecho de presentación: S/ 10.00 | ||
*Derecho de inscripción: S/ 10.00 | *Derecho de inscripción: S/ 10.00 | ||
De conformidad con el artículo 1 del Decreto Supremo N° 001-2019-JUS, publicado el 03 enero 2019, se exonera hasta por el plazo de tres (3) años el pago de tasa registral por todo concepto que implique la calificación e inscripción de los actos referidos a las Rondas Campesinas (Rondas Campesinas y Rondas Comunales) en el Registro de Personas Jurídicas. | |||
== Plazo de calificación == | |||
*Plazo de calificación: 7 días hábiles | *Plazo de calificación: 7 días hábiles | ||
'''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".'''' | '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".'''' |