Diferencia entre revisiones de «Inscripción de extinción de E.I.R.L. Empresa individual de responsabilidad limitada»
Inscripción de extinción de E.I.R.L. Empresa individual de responsabilidad limitada (ver código)
Revisión del 19:52 25 mar 2020
, 25 mar 2020sin resumen de edición
Etiqueta: visualeditor-wikitext |
Sin resumen de edición Etiqueta: visualeditor-wikitext |
||
Línea 3: | Línea 3: | ||
==Requisitos para la Inscripción== | ==Requisitos para la Inscripción== | ||
a) | a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante. | ||
b) | b) Solicitud de extinción con firma certificada del liquidador ante notario, debiendo constar el balance final de la liquidación suscrito por el liquidador y contador público colegiado, así como el nombre completo y dirección del titular de la E.I.R.L. que conservará los libros. | ||
c) | c) Original o copia certificada de las 3 publicaciones convocando a los acreedores conforme al artículo 88 del Decreto Ley 21621 (en caso de Lima y Callao las publicación se realiza en el diario oficial “El Peruano”). | ||
d) Pago de derechos registrales. | d) Pago de los derechos registrales. | ||
f) Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. | |||
==Tener en cuenta == | |||
Conforme a la sétima disposición complementaria, transitoria y final del Decreto Legislativo Nº 1049 y sus modificatorias, la presentación de partes notariales y copias certificadas en los distintos registros del Sistema Nacional de los Registros Públicos deberá ser efectuadas por el notario o por sus dependientes acreditados ante la SUNARP y excepcionalmente podrán ser terceros debidamente autorizados por el Notario. | |||
== Base legal == | == Base legal == | ||
*Artículos 15,17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012) y sus modificatorias. | *Artículos 15,17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por [[Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN]] (18/05/2012) y sus modificatorias. | ||
*Artículos 80 al 93 del D.L. N° 21621 Ley de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (15/09/1976). | *Artículos 80 al 93 del D.L. N° 21621 Ley de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (15/09/1976). | ||
Línea 23: | Línea 26: | ||
*Artículo 2011 del Código Civil aprobado por D.Leg. 295 (25/07/1984). | *Artículo 2011 del Código Civil aprobado por D.Leg. 295 (25/07/1984). | ||
== | ==Precedentes de Observancia Obligatoria== | ||
No se han aprobado precedentes sobre este acto | No se han aprobado precedentes sobre este acto | ||
Línea 39: | Línea 42: | ||
*Derecho de inscripción: S/ 10.00 | *Derecho de inscripción: S/ 10.00 | ||
==Plazo de calificación== | |||
*Plazo de calificación: 7 días hábiles | *Plazo de calificación: 7 días hábiles | ||
'''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público. | '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".''' |