Diferencia entre revisiones de «Caducidad de la anotación preventiva de sucesión intestada»
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Caducidad de la anotación preventiva de sucesión intestada (ver código)
Revisión del 18:04 27 mar 2020
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Línea 3: | Línea 3: | ||
==Requisitos para la inscripción== | ==Requisitos para la inscripción== | ||
a)Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante. | a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante. | ||
b)Declaración jurada del interesado con firma certificada ante Notario Público o autenticada por fedatario de la SUNARP, donde se indique el asiento registral donde conste inscrita la anotación. | b) Declaración jurada del interesado con firma certificada ante Notario Público o autenticada por fedatario de la SUNARP, donde se indique el asiento registral donde conste inscrita la anotación. | ||
c)Pago de derechos registrales. | c) Pago de los derechos registrales. | ||
d)Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. | d) Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. | ||
==Base legal== | ==Base legal== | ||
* Artículos 10, 12, 15, 17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos | * Artículos 10, 12, 15, 17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos aprobado por [[Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN]] (18/05/2012) y sus modificatorias. | ||
* Artículos 815, 816, 817, 818, 819, 820, 821, 822, 824,825, 828, 830, 2010, 2011, 2041, 2042, 2108 del Código Civil aprobado por D.Leg. N° 295 (25/07/1984) | * Artículos 815, 816, 817, 818, 819, 820, 821, 822, 824,825, 828, 830, 2010, 2011, 2041, 2042, 2108 del Código Civil aprobado por D.Leg. N° 295 (25/07/1984). | ||
* Artículo 3 de la Ley 26639 | * Artículo 3 de la Ley 26639. | ||
* Artículos 3, 13, 42, 43 y 44 de la Ley de Competencia Notarial en Asuntos No Contenciosos aprobado por Ley N° 26662. | * Artículos 3, 13, 42, 43 y 44 de la Ley de Competencia Notarial en Asuntos No Contenciosos aprobado por Ley N° 26662. | ||
Línea 43: | Línea 43: | ||
==Tasa registral== | ==Tasa registral== | ||
* Derecho de | * Derecho de calificación: S/ 10.00 | ||
* Derecho de inscripción: S/ 10.00 | * Derecho de inscripción: S/ 10.00 | ||
Línea 49: | Línea 49: | ||
==Plazo de calificación== | ==Plazo de calificación== | ||
07 días hábiles | 07 días hábiles | ||
'''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público | '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".''''' |