Diferencia entre revisiones de «Anotación de embargo judicial en el Registro de Propiedad Inmueble»
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Anotación de embargo judicial en el Registro de Propiedad Inmueble (ver código)
Revisión del 22:00 30 mar 2020
, 30 mar 2020→Base legal
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* Directiva N° 02-2012-SUNARP-SN de Procedimiento para que los Registradores Públicos soliciten las aclaraciones a los Magistrados del Poder Judicial en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2011 del Código Civil aprobada por Resolución N° 029-2012-SUNARP/SN (30/01/2012). | * Directiva N° 02-2012-SUNARP-SN de Procedimiento para que los Registradores Públicos soliciten las aclaraciones a los Magistrados del Poder Judicial en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2011 del Código Civil aprobada por Resolución N° 029-2012-SUNARP/SN (30/01/2012). | ||
* Directiva N° 02-2014 que regula la emisión de los informes técnicos de las solicitudes de Búsquedas Catastrales aprobada por [[Resolución N° 120-2014-SUNARP-SN]]. | |||
* Directiva N° 03-2014 que precisa los actos inscribibles en el Registro de Predios y en otros registros que requerirán informe previo del área de catastro para acceder a su inscripción, así como los requisitos que deben contener los planos y memorias descriptivas aprobada por [[Resolución N° 189-2014-SUNARP-SN]]. | |||
* Artículo 303, 650 y 656 del Nuevo Código Procesal Penal aprobado por Decreto Legislativo N° 957. | * Artículo 303, 650 y 656 del Nuevo Código Procesal Penal aprobado por Decreto Legislativo N° 957. |