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Diferencia entre revisiones de «Anotación preventiva del proyecto de habilitación urbana»

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*Artículo 970, 971, 2008, 2009, 2011, 212, 2019 y 2020 del Código Civil, aprobado por Decreto Legislativo N° 295 (28/07/1984).
*Artículo 970, 971, 2008, 2009, 2011, 212, 2019 y 2020 del Código Civil, aprobado por Decreto Legislativo N° 295 (28/07/1984).
*Artículo 38 inciso 1 del TUO de la Ley N° 27444, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS (21/01/2019).
*Artículo 38 inciso 1 del TUO de la Ley N° 27444, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS (25/01/2019).
*Artículo 1, 2 (numeral 2.4), 3, 7, 10, 11, 12, 14, 20, 23, 24, 34 (numeral 34.2) y 36 del TUO la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-VIVIENDA (28/02/2017).
*Artículo 1, 2 (numeral 2.4), 3, 7, 10, 11, 12, 14, 20, 23, 24, 34 (numeral 34.2) y 36 del TUO la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-VIVIENDA (28/02/2017).
*Artículos 2, 3 (numeral 3.2 y 3.5), 16, 20, 24, 25, 26, 33, 34, 36, 38, 39, 48 y 49 del TUO del Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación, aprobado por Decreto Supremo N° 029-2019-VIVIENDA (06/11/2019).
*Artículos 2, 3 (numeral 3.2 y 3.5), 16, 20, 24, 25, 26, 33, 34, 36, 38, 39, 48 y 49 del TUO del Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación, aprobado por Decreto Supremo N° 029-2019-VIVIENDA (06/11/2019).
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