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Diferencia entre revisiones de «Acumulación de predios urbanos»

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La Anotación preventiva de saneamiento de bien estatal puede inscribirse en el Registro de Propiedad Inmueble.
La Acumulación de predios urbanos puede inscribirse en el Registro de Propiedad Inmueble.
==Requisitos para la inscripción==
==Requisitos para la inscripción==
a) Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito
a) Formulario de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.


b) Declaración Jurada mencionando el documento en el que sustenta su derecho y manifestando que los inmuebles y derechos materia de los actos que se pretenden inscribir, rectificar o aclarar en el Registro, no son materia de procedimiento judicial alguno en el que se cuestione la titularidad del bien; y,
b) Documento privado suscrito por propietario inscrito con firma certificada notarialmente. En el caso de bienes Estatales y cuando el solicitante es un funcionario autorizado, no se requiere la certificación de firmas.


c) La memoria descriptiva correspondiente a la realidad actual del área, linderos y medidas perimétricas del terreno, así como de las construcciones existentes con independencia de las fechas en que pudieran haberse efectuado, las que se regularizarán con este único documento; y,
c) Plano de acumulación autorizado por profesional competente, salvo que los predios a acumular haya constituido una sola unidad inmobiliaria y ésta retome su descripción primigenia.


d) Planos de ubicación, perimétrico y de distribución; y,
d) Plano y código de referencia catastral del predio resultante o la constancia negativa de catastro a que se refiere el Decreto Supremo 002-89- JUS, según sea el caso; salvo se trate de acumulación de unidades inmobiliarias sujetas a los regímenes regulados en la Ley No. 27157.


e) Declaración jurada del verificador responsable, dando fe de todos los datos técnicos necesarios para la inscripción, así como de los planos presentados; y,
e) Cuando en las partidas de los predios a acumular existan cargas y gravámenes inscritos, según el caso, se adjuntará:


f) Original o copia certificada de las publicaciones realizadas en el diario oficial "El Peruano" y en un diario de mayor circulación, de la relación de bienes y actos materia de saneamiento.
i) Tratándose de garantías reales, parte notarial de la escritura pública otorgada por los titulares de dichas garantías, expresando su conformidad y determinando el rango.
 
ii) Tratándose de medidas cautelares, el documento en el que conste la autorización del órgano jurisdiccional o administrativo que ordenó extenderlas, precisando el rango que les corresponderá.
 
iii) Si concurrieran sobre alguno o algunos de los predios materia de acumulación alguna hipoteca u otro derecho real de garantía con medidas cautelares, se requerirá la conformidad y autorización a que se refieren los párrafos anteriores.


g) Pago de Derechos Registrales
g) Pago de Derechos Registrales
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