Diferencia entre revisiones de «Inscripción de transformación de E.I.R.L. - Empresa individual de responsabilidad limitada a sociedad»
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Inscripción de transformación de E.I.R.L. - Empresa individual de responsabilidad limitada a sociedad (ver código)
Revisión del 18:33 18 may 2021
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El [[Acuerdo de transformación]] de una [[Empresa individual de responsabilidad limitada E.I.R.L.]] a [[Sociedad]] puede inscribirse en el Registro de Personas Jurídicas. | El [[Acuerdo de transformación]] de una [[Empresa individual de responsabilidad limitada E.I.R.L.]] a [[Sociedad]] puede inscribirse en el Registro de Personas Jurídicas. | ||
== Requisitos para la inscripción == | Una persona jurídica, la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, modifica su Escritura de Constitución para transformarse en una persona jurídica societaria. | ||
==Requisitos para la inscripción== | |||
a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante. | a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante. | ||
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g) Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. | g) Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. | ||
==Tener en cuenta == | 1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito | ||
2.- Parte notarial de Escritura Pública que contenga la transformación y modificación de Estatuto de Empresa Individual de Responsabilidad Limitada a Sociedad, con el Acta de Decisión de Titular donde conste el acuerdo de transformación, el nuevo estatuto de la Sociedad, la relación de los nuevos socios o accionistas y el capital que representan. | |||
3.- Original o copia certificada notarialmente de tres (3) avisos publicados de la transformación de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada a Sociedad. Notas: | |||
1.- El presente procedimiento administrativo consta de actos registrales, los cuales son independientes, por lo cual, los derechos de trámite son individuales, siendo el pago por cada uno. | |||
==Tener en cuenta== | |||
Conforme a la sétima disposición complementaria, transitoria y final del Decreto Legislativo Nº 1049 y sus modificatorias, la presentación de partes notariales y copias certificadas en los distintos registros del Sistema Nacional de los Registros Públicos deberá ser efectuadas por el notario o por sus dependientes acreditados ante la SUNARP y excepcionalmente podrán ser terceros debidamente autorizados por el Notario. | Conforme a la sétima disposición complementaria, transitoria y final del Decreto Legislativo Nº 1049 y sus modificatorias, la presentación de partes notariales y copias certificadas en los distintos registros del Sistema Nacional de los Registros Públicos deberá ser efectuadas por el notario o por sus dependientes acreditados ante la SUNARP y excepcionalmente podrán ser terceros debidamente autorizados por el Notario. | ||
== Base legal == | ==Base legal== | ||
* Artículos 15,17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos aprobado por [[Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN]] (18/05/2012) y sus modificatorias. | *Artículos 15,17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos aprobado por [[Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN]] (18/05/2012) y sus modificatorias. | ||
* Artículos 333 al 343 de la Ley General de sociedades (Ley N° 26887). | *Artículos 333 al 343 de la Ley General de sociedades (Ley N° 26887). | ||
* Artículo 117 Reglamento del Registro de Sociedades, aprobado por Resolución 200-2001-SUNARP/SN (27/07/2001). | *Artículo 117 Reglamento del Registro de Sociedades, aprobado por Resolución 200-2001-SUNARP/SN (27/07/2001). | ||
* Decreto Supremo N° 37-94-JUS (07/07/1994). | *Decreto Supremo N° 37-94-JUS (07/07/1994). | ||
* Artículo 2011 del Código Civil aprobado por Decreto Legislativo 295 (25/07/1984) | *Artículo 2011 del Código Civil aprobado por Decreto Legislativo 295 (25/07/1984) | ||
*Articulo 5, 333, 334, 335, 336, 337, 338, 339, 340, 341, 342 y 343 Ley General de Sociedades Ley 26887 28/06/2008 | |||
*Articulo 1, 2, 3 y 10 (modificado por Decreto Legislativo N°1451.) Ley que crea la Superintendencia Nacional y el Sistema Nacional de los Registros Públicos Ley 26366 14/10/1994 | |||
*Articulo 117 Reglamento del Registro de Sociedades Resolución de Superintendencia 200-2001- SUNARP/SN 24/07/2001 | |||
*Articulo 16 y 71 Ley que norma la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada Decreto Ley 21621 15/09/1976 | |||
== Precedentes de observancia obligatoria == | ==Precedentes de observancia obligatoria== | ||
No se han aprobado precedentes sobre este acto. | No se han aprobado precedentes sobre este acto. | ||
==Jurisprudencia Registral== | ==Jurisprudencia Registral== | ||
=== Resoluciones del Tribunal Registral === | ===Resoluciones del Tribunal Registral=== | ||
====Sumilla de la Resolución 602-2014-SUNARP-TR-L de 28/03/2014 sobre transformación de EIRL a SAC==== | ====Sumilla de la Resolución 602-2014-SUNARP-TR-L de 28/03/2014 sobre transformación de EIRL a SAC==== | ||
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Transformación: | Transformación: | ||
*Derecho de calificación: S/ 10.00 | *Derecho de calificación: S/ 10.00 | ||
*Derecho de inscripción: S/ 10.00 | *Derecho de inscripción: S/ 10.00 | ||
Línea 52: | Línea 67: | ||
7 días hábiles (no incluye sábados, domingos ni feriados). | 7 días hábiles (no incluye sábados, domingos ni feriados). | ||
'''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".''' | '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".''''' |