Diferencia entre revisiones de «Inscripción de revocación de acuerdo de disolución de sociedad»
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Inscripción de revocación de acuerdo de disolución de sociedad (ver código)
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Una persona jurídica revoca la disolución de la sociedad conforme a ley, dotándole a su vez de publicidad registral para la validez de sus actuaciones | Una persona jurídica revoca la disolución de la sociedad conforme a ley, dotándole a su vez de publicidad registral para la validez de sus actuaciones. | ||
==Requisitos== | |||
1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. | |||
2.- Copia certificada notarialmente del Acta del acuerdo de revocación. | |||
3.- Original o copia certificada notarialmente de las publicaciones del Aviso de Convocatoria en el caso de SA o SAA, ó | |||
4.- Constancia de Convocatoria para el caso de SAC SRL, salvo que el acuerdo haya sido adoptado en Junta Universal. | |||
5.- Declaración jurada del liquidador con firma certificada por notario, de no haber iniciado reparto de haber social. | |||
Notas: | |||
1.- El presente procedimiento administrativo consta de actos registrales, los cuales son independientes, por lo cual, los derechos de trámite son individuales, siendo el pago por cada uno. | |||
==Base legal== | |||
Art. 43,120,245,255,268,294 ,435 Ley General de Sociedades Ley 26887 19/11/1997 | |||
1, 2, 3 y 10 Ley que dispone la creación de la Superintendencia Nacional y el Sistema Nacional de los Registros Públicos. Art. 10 modificado por Decreto Legislativo N°1451 Ley 26366 16/10/1994 | |||
Art. 38,55,76 y 159 Reglamento de Inscripciones del Registro de Sociedades Resolución de Superintendencia 200.2001.SUNARP/S N 24/07/2001 | |||
==Pago por derecho de tramitación== | |||
Monto - S/ 81.00 | |||
==Plazo de atención== | |||
7 días hábiles |