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Diferencia entre revisiones de «Inscripción de adecuación de características del vehículo»

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DESCRIPCION
DESCRIPCION
Una persona natural o jurídica solicita la adecuación de características registrables de un vehículo, a fin de que estén adaptadas a la Clasificación
 
Vehícular y Estandarización de Características Registrales Vehiculares establecidas por el MTC.
Una persona natural o jurídica solicita la adecuación de características registrables de un vehículo, a fin de que estén adaptadas a la Clasificación Vehícular y Estandarización de Características Registrales Vehiculares establecidas por el MTC.
 
REQUISITOS
REQUISITOS
1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
2.- Solicitud del propietario con derecho inscrito con su firma certificada por notario o autenticada por fedatario de la Oficina Registral.
2.- Solicitud del propietario con derecho inscrito con su firma certificada por notario o autenticada por fedatario de la Oficina Registral.
3.- Certificado de Conformidad de Modificación expedido por personas jurídicas autorizadas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en
 
el que se indique que las modificaciones no afectan negativamente la seguridad del vehículo, el tránsito terrestre, el medio ambiente o incumplen
3.- Certificado de Conformidad de Modificación expedido por personas jurídicas autorizadas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en el que se indique que las modificaciones no afectan negativamente la seguridad del vehículo, el tránsito terrestre, el medio ambiente o incumplen las condiciones técnicas reglamentarias establecidas en el Reglamento Nacional de Vehículos
las condiciones técnicas reglamentarias establecidas en el Reglamento Nacional de Vehículos
 
BASE LEGAL
 
Artículo 10 Ley de Creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia de los Registros Públicos, modificado por el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1451 (publicado el 16/09/2018) aprobado por Ley N°26366 14/10/1994
 
Artículo 54, Anexo IV y V Reglamento Nacional de Vehículos Decreto Supremo N°058-2003-MTC 07/10/2003
 
-- Medidas excepcionales para que propietarios de vehículos observados en inspecciones técnicas vehiculares, regularicen datos de la Tarjeta de Propiedad o Tarjeta de Identificación vehicular.
 
Otros Resolución Directoral No 920-2012-MTC/15 31/07/2012
 
Artículo 64 Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular Resolución de Superintendencia No 039-2013- SUNARP/SN 15/02/2013.
 
== Precedentes de observancia obligatoria[editar | editar código] ==
10.- CAMBIO Y RECTIFICACIÓN DE CLASE DE VEHÍCULO
 
“Todo cambio o rectificación de clase implica asignación de nueva placa de rodaje, salvo cuando
 
se trate de cambio de clase de remolque a semiremolque o viceversa, en cuyo caso se conservará
 
la misma placa”.
 
Criterio adoptado en la Resolución N° 015-2002-ORLC/TR del 5 de julio de 2002, publicada el 18
 
de julio de 2002.
 
== Jurisprudencia Registral[editar | editar código] ==
No se a encontrado Jurisprudencia Registral .
 
== Tasa registral[editar | editar código] ==
 
* Derecho de calificación: S/ 22.00
 
== Plazo de calificación[editar | editar código] ==
7 días hábiles (no incluye sábados, domingos ni feriados).
 
 '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".''''''
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