Diferencia entre revisiones de «Inscripción de actos y contratos mineros»
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→Precedente de observancia obligatoria
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Los [[Contratos de cesión minera]] pueden inscribirse en el Registro de Propiedad Inmueble. | Los actos y contratos vinculados a la concesión minera, tales como pueden ser: La Transferencia , Contrato de opción, el [[Contratos de cesión minera|Contrato de cesión minera]], la Hipoteca, Transferencia por sucesión hereditaria, Transferencia por parte de derechos mineros, fusión, escisión y reorganización simple de sociedades; Resolución de contrato y Contrato de riesgo compartido, pueden inscribirse en el Registro de Propiedad Inmueble. | ||
==Requisitos para la inscripción== | ==Requisitos para la inscripción== | ||
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1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. | 1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. | ||
2.- Parte notarial de la Escritura Pública. En caso de la resolución de contrato de pleno derecho, el parte notarial deberá tener inserto el requerimiento efectuado por el acreedor con los requisitos previstos en el artículo 1429 del Código Civil | 2.- Parte notarial de la Escritura Pública. En caso de la resolución de contrato de pleno derecho, el parte notarial deberá tener inserto el requerimiento efectuado por el acreedor con los requisitos previstos en el artículo 1429 del Código Civil, o para el caso de la resolución de contrato por cláusula resolutoria expresa, el parte notarial deberá tener inserto la comunicación indubitable cursada a la otra parte en el sentido que quiere valerse de la cláusula resolutoria. | ||
==Base legal== | ==Base legal== | ||
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==Precedente de observancia obligatoria== | ==Precedente de observancia obligatoria== | ||
No se han aprobado precedentes sobre este acto. | No se han aprobado precedentes de observancia obligatoria sobre este acto. | ||
==Jurisprudencia Registral== | ==Jurisprudencia Registral== | ||
===Resoluciones del Tribunal Registral=== | ===Resoluciones del Tribunal Registral=== | ||
====Sumilla de la Resolución | ====Sumilla de la Resolución 135-2021-SUNARP-TR-A de 19/03/2021 sobre contrato de cesión minera==== | ||
''Por el contrato de cesión minera el cesionario se sustituye en todos los derechos y obligaciones que tiene el cedente; sin embargo, ello no implica la pérdida de la titularidad de la concesión. Por tal motivo, el titular de la concesión se encuentra facultado a establecer regalías que deberán ser inscritas como cargas en el Registro.'' | |||
====Sumilla de la Resolución 1748-2020-SUNARP-TR-A de 05/10/2020 sobre contrato de cesión minera==== | |||
''Los requisitos del contrato de cesión minera regulados por el artículo 32° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Derechos Mineros, son imperativos y exigen manifestación expresa.'' | ''Los requisitos del contrato de cesión minera regulados por el artículo 32° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Derechos Mineros, son imperativos y exigen manifestación expresa.'' | ||
====Sumilla de la Resolución 930-2019-SUNARP-TR-A de 19/11/2019 sobre resolución del contrato de cesión minera==== | |||
''Los requisitos del contrato de cesión minera regulados por el artículo 32° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Derechos Mineros, son imperativos y exigen manifestación expresa.'' | |||
==Tasa registral== | ==Tasa registral== | ||
*Derecho de | *Derecho de calificación: S/ 145.00 | ||
*Derecho de inscripción: S/ | *Derecho de inscripción: S/ 145.00 | ||
== Plazo de calificación == | ==Plazo de calificación== | ||
7 días hábiles. | 7 días hábiles. | ||
'''''"Documentación sujeta a calificación por parte del registrador".''''' | '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del registrador".''''' |