Diferencia entre revisiones de «Inscripción de Transferencias de propiedad por aporte o reducción de capital en el Registro de Propiedad Inmueble»
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Inscripción de Transferencias de propiedad por aporte o reducción de capital en el Registro de Propiedad Inmueble (ver código)
Revisión del 04:57 12 jun 2021
, 12 jun 2021→Base legal
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Las transferencias de propiedad relacionadas con personas jurídicas societarias por aporte o reducción de capital pueden inscribirse en el Registro de Propiedad Inmueble. | Las transferencias de propiedad relacionadas con personas jurídicas societarias por aporte o [[reducción de capital]] pueden inscribirse en el Registro de Propiedad Inmueble. | ||
==Requisitos para la inscripción== | ==Requisitos para la inscripción== | ||
a) Formato de solicitud de inscripción de título debidamente llenado y suscrito. | a) Formato de solicitud de inscripción de título debidamente llenado y suscrito. | ||
b) Parte notarial de la escritura pública conteniendo la transferencia de propiedad del inmueble de acuerdo a las normas vigentes, sea constitución de sociedad, aumento de capital o reducción de capital. | b) [[Parte notarial]] de la [[escritura pública]] conteniendo la transferencia de propiedad del inmueble de acuerdo a las normas vigentes, sea constitución de sociedad, aumento de capital o reducción de capital. | ||
c) Pago de | c) Pago de las tasas registrales. | ||
==Base legal== | ==Base legal== | ||
*Artículos 22, 25, 27 y 213 de la Ley General de Sociedades, Ley N° 26887 (09/12/1999). | *Artículos 22, 25, 27 y 213 de la Ley General de Sociedades, Ley N° 26887 (09/12/1999). | ||
*Artículo 10 (modificado por el Decreto Legislativo N° 1451) de la Ley que crea el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional, Ley N° 26366 (16/10/2004). | *Artículo 10 (modificado por el Decreto Legislativo N° 1451) de la Ley que crea el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional, Ley N° 26366 (16/10/2004). | ||
*Artículos 2, 15, 17 y 28 inciso b), del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 126-2012-SUNARP-SN (21/05/2012). | *Artículos 2, 15, 17 y 28 inciso b), del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 126-2012-SUNARP-SN (21/05/2012). | ||
*Artículo 35° literal c) del Reglamento | *Artículo 35° literal c) del Reglamento del Registro de Sociedades, aprobada por la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 200-2001-SUNARP-SN (27/07/2001). | ||
*Artículos 6, 109 y 110 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobada por la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 097-2013-SUNARPSN (04/05/2013). | *Artículos 6, 109 y 110 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobada por la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 097-2013-SUNARPSN (04/05/2013). | ||
==Precedentes de observancia obligatoria== | ==Precedentes de observancia obligatoria== | ||
No se han | No se han aprobado precedentes de observancia obligatoria sobre este acto. | ||
==Jurisprudencia Registral== | ==Jurisprudencia Registral== | ||
===Resoluciones del Tribunal Registral=== | ===Resoluciones del Tribunal Registral=== | ||
Línea 32: | Línea 32: | ||
'''Tasa aplicable respecto a actos valorizados hasta S/ 35 000.00 soles''' | '''Tasa aplicable respecto a actos valorizados hasta S/ 35 000.00 soles''' | ||
* Derecho de Calificación: S/ 36.00 | *Derecho de Calificación: S/ 36.00 | ||
* Derecho de inscripción: Valor del acto X 1.5/1000 | *Derecho de inscripción: Valor del acto X 1.5/1000 | ||
'''Tasa aplicable respecto a actos valorizados mayor a S/ 35 000.00''' | '''Tasa aplicable respecto a actos valorizados mayor a S/ 35 000.00''' | ||
* Derecho de Calificación: S/ 36.00 | *Derecho de Calificación: S/ 36.00 | ||
* Derecho de inscripción: Valor del Acto X 3/1000 | *Derecho de inscripción: Valor del Acto X 3/1000 | ||
== Plazo de calificación == | ==Plazo de calificación== | ||
* 7 días hábiles (no incluye sábados, domingos ni feriados). | *7 días hábiles (no incluye sábados, domingos ni feriados). | ||
'''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público y complejidad del título".''''' | '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público y complejidad del título".''''' |