Diferencia entre revisiones de «Inscripción de ejercicio de la opción de compra en el arrendamiento financiero»
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Inscripción de ejercicio de la opción de compra en el arrendamiento financiero (ver código)
Revisión del 23:02 14 jun 2021
, 14 jun 2021sin resumen de edición
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''Tratándose de una opción de compra no corresponde exigir la presentación del contrato definitivo por el cual se transfiere la propiedad de los bienes, cuando en el instrumento que se presenta estén contenidos todos los elementos esenciales que requiere el contrato de compraventa para su acceso al Registro.'' | ''Tratándose de una opción de compra no corresponde exigir la presentación del contrato definitivo por el cual se transfiere la propiedad de los bienes, cuando en el instrumento que se presenta estén contenidos todos los elementos esenciales que requiere el contrato de compraventa para su acceso al Registro.'' | ||
====Sumilla de la Resolución | ====Sumilla de la Resolución 2584-2019-SUNARP-TR-L de 04/10/2019 sobre contrato de opción de compra==== | ||
'' | ''Procede registrar el ejercicio de una opción de compra, cuando el plazo de la opción y su respectiva prórroga aún no han caducado.'' | ||
====Sumilla de la Resolución 433-2012-SUNARP-TR-T de 22/05/2012 sobre arrendamiento financiero==== | ====Sumilla de la Resolución 433-2012-SUNARP-TR-T de 22/05/2012 sobre arrendamiento financiero==== | ||
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==Plazo de calificación== | ==Plazo de calificación== | ||
7 días hábiles. | * 7 días hábiles (Sujeto a complejidad del título). | ||
'''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".''''' | '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".''''' |