Diferencia entre revisiones de «Inscripción de transferencia por subasta pública»

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Resulta procedente inmatricular vehículos usados dados de baja por la Policía Nacional y adjudicados a terceros, pues los supuestos de inmatriculación contenidos en el Artículo 20° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular o son exclusivos ni excluyentes, dado que supuestos análogos pueden y deben merecer acogida registral, de conformidad con el Art. VIII del Título Preliminar de la Ley N° 27444.
Resulta procedente inmatricular vehículos usados dados de baja por la Policía Nacional y adjudicados a terceros, pues los supuestos de inmatriculación contenidos en el Artículo 20° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular o son exclusivos ni excluyentes, dado que supuestos análogos pueden y deben merecer acogida registral, de conformidad con el Art. VIII del Título Preliminar de la Ley N° 27444.


Pleno I: Décimo segundo precedente.
Criterio adoptado en la Resolución N° 034-2002-ORLL/TR del 7 de marzo de 2002, publicada el 9 de abril de 2002.


Resolución que lo sustenta: ''N° 034-2002-ORLC-TR'' del 07 de marzo de 2002.
''Pleno I, Decimosegundo Precedente, Sesión ordinaria presencial realizada los días 13 y 14 de setiembre de 2002.''


==Jurisprudencia Registral==
==Jurisprudencia Registral==
Línea 64: Línea 64:


==Plazo de calificación==
==Plazo de calificación==
7 días hábiles.


* 7 días hábiles (sujeto a complejidad del título).
<br />
   '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".'''''
   '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".'''''
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