618
ediciones
(Actualización de concepto) Etiqueta: visualeditor-wikitext |
Sin resumen de edición Etiqueta: visualeditor-wikitext |
||
Línea 1: | Línea 1: | ||
El Consejo Nacional de Catastro es el órgano del [[Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial (SNCP)|Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial]] encargado de aprobar su política nacional y la referida a la integración catastral, así como de emitir las directivas para su implementación, entre otras, de conformidad con la presente encargado de aprobar su política nacional y la referida a la integración catastral, así como de emitir las directivas para su implementación, entre otras, de conformidad con la presente Ley N°28294 y su reglamento, así como las normas respecto a la ejecución de tales políticas. | El Consejo Nacional de Catastro es el órgano del [[Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial (SNCP)|Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial]] encargado de aprobar su política nacional y la referida a la integración catastral, así como de emitir las directivas para su implementación, entre otras, de conformidad con la presente encargado de aprobar su política nacional y la referida a la integración catastral, así como de emitir las directivas para su implementación, entre otras, de conformidad con la presente Ley N°28294 y su reglamento, así como las normas respecto a la ejecución de tales políticas. | ||
'''El Consejo Nacional de Catastro está integrado por:''' | |||
a) El Superintendente Nacional de los Registros Públicos o su representante, quien lo preside. | |||
b) El Presidente del Consejo Directivo de la Asamblea Nacional de los Gobiernos Regionales - ANGR o su representante. | |||
c) El Presidente de la Asociación de Municipalidades - AMPE o su representante. | |||
d) El Presidente del Consejo Directivo del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET o su representante. | |||
e) El Jefe del Instituto Geográfico Nacional - IGN o su representante. | |||
f) El Director Ejecutivo del Instituto Catastral de Lima - ICL o su representante. | |||
g) Un representante del Ministerio de Cultura. | |||
h) El Superintendente Nacional de Bienes Estatales - SBN o su representante. | |||
i) El Director Ejecutivo del Organismo de la Formalización de la Propiedad Informal- COFOPRI o su representante. | |||
j) Un representante del Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI. | |||
k) Un representante del Ministerio del Ambiente. | |||
l) Un representante del Ministerio de Economía y Finanzas.(*) | |||
Conforme al artículo 7 de la Ley 28294. | |||
==Base legal== | ==Base legal== | ||
Ley N°28294 | Ley N°28294 |