Diferencia entre revisiones de «Cancelación por caducidad de medidas cautelares (código de procedimiento civiles de 1912)»

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La [[Cancelación por caducidad]] de [[Medida cautelar]] (código de procedimiento civiles de 1912) corresponde al Registro de Propiedad Inmueble.
La [[Cancelación por caducidad]] de [[Medida cautelar]] (código de procedimiento civiles de 1912) corresponde al Registro de Propiedad Inmueble.


== Requisitos para inscripción ==
a)Formulario de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.


== Requisitos para inscripción ==
b)Declaración jurada del interesado con firma certificada por notario o fedatario de esta institución, en el que expresamente se indique la fecha del asiento de presentación que originó la inscripción del asiento que se solicita levantar y el tiempo transcurrido.


a) Formulario de presentación de título, suscrito por el presentante. Recabado en oficina registral.
c)Pago de derechos registrales.


b) Declaración jurada con firma certificada por notario o fedatario de Sunarp.
== Base legal==


==Tener en cuenta para la inscripción==
* Artículos 15, 17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012)


a) La declaración jurada deberá precisar la fecha de inscripción de la medida cautelar y el tiempo transcurrido.
* Artículo 131 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios aprobado por Resolución N° 097-2013-SUNARP/SN (03/05/2013).


b) De ser el caso, se requiere copia certificada de la resolución judicial.
* Artículo 625 del TUO del Código Procesal Civil aprobado por R.M. N° 010-93-JUS (23/04/1993).


==Base legal==
* Ley N° 26639 (27/06/1996) Ley que precisa la aplicación del plazo de caducidad previsto en el art. 625 del Código Procesal Civil y sus modificatorias.


*Artículos  15, 17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por ''Resolución 126-2012-SUNARP/SN'' del 18 de mayo de 2012.
* Artículo 2011 del Código Civil aprobado por D.Leg. 295 (25/07/1984).


*Artículo 131 del  Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios aprobado por ''Resolución 097-2013-SUNARP/SN.''
* D.S. 017-2003-JUS (18/09/2003) que aprueba las tasas registrales de los servicios de inscripción y de publicidad por oficina registral.


== Precedentes de observancia obligatoria ==
== Precedentes de observancia obligatoria ==
2010

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