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Línea 3: | Línea 3: | ||
==Requisitos para la inscripción== | ==Requisitos para la inscripción== | ||
a)Formulario de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. | |||
b)Parte Judicial que debe contener el oficio del Juez y copias de la resolución que ampara la demanda y de la resolución que declara consentida o ejecutoriada la misma. Las copias deben estar certificadas por el secretario de juzgado y las resoluciones suscritas por el Juez y el auxiliar jurisdiccional respectivo; o | |||
c)El parte notarial de la escritura pública de la separación convencional y divorcio ulterior, que contendrá insertas las actas correspondientes. | |||
d)En el caso del procedimiento en vía municipal, parte administrativo conteniendo las copias certificadas de las resoluciones que contengan el acto inscribible. | |||
e)Pago de derechos registrales. | |||
f)Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. | |||
g)Tratándose de declaraciones de divorcio vía judicial, que no procedan de una separación convencional, cuya decisión no haya sido apelada, el parte judicial debe contener además la piezas procesales correspondientes a la consulta al superior. | |||
'''¿Qué deberá tener en cuenta?''' | '''¿Qué deberá tener en cuenta?''' | ||
Línea 34: | Línea 34: | ||
Los cónyuges deberán carecer de bienes sujetos al régimen de sociedad de gananciales o contar con Escritura Pública de sustitución del régimen patrimonial, inscrita en los Registros Públicos. | Los cónyuges deberán carecer de bienes sujetos al régimen de sociedad de gananciales o contar con Escritura Pública de sustitución del régimen patrimonial, inscrita en los Registros Públicos. | ||
== Base legal== | |||
·Artículos 15,17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN(18/05/2012) y sus modificatorias. | |||
·Artículos 274, 332, 346, 348, 356, 359, 2010, 2011, 2030, 2031, 2032, 2033, 2102 y 2108 del Código Civil aprobado por D.Leg. N° 295 (25/07/1984). | |||
·Artículos 122, 123, 139, 148, 837 y 840 del TUO del Código Procesal Civil aprobado por R.M. N° 010-93-JUS (23/04/1993). | |||
·D.S. N° 037-94-JUS (28/06/1994). | |||
· Artículos 1 al 8 Ley del Procedimiento no contencioso de Separación Convencional y Divorcio Ulterior en las Municipalidades y Notarias aprobado por Ley N° 29227 (16/05/2008). | |||
·Artículos 1 al 16 Reglamento de la Ley que regula el procedimiento no contencioso de Separación Convencional y Divorcio Ulterior en las Municipalidades y Notarias aprobado por D.S. N° 009-2008-JUS (13/06/2008). | |||
·Resolución N° 320-2010-SUNARP/SN (13/10/2010). | |||
·Sétima Disposición Complementaria, Transitoria y Final Decreto Legislativo Del Notariado, aprobado por D.Leg. N° 1049 (26/06/2008). | |||
==Resoluciones del Tribunal Registral== | ==Resoluciones del Tribunal Registral== |