Diferencia entre revisiones de «Inmatriculación de predios rurales»

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b) Parte notarial de la escritura pública, que acredite el dominio sobre el predio, con la debida autorización del notario para su presentación ante la Sunarp, y que tenga una antigüedad mínima de 5 años.
b) Parte notarial de la escritura pública, que acredite el dominio sobre el predio, con la debida autorización del notario para su presentación ante la Sunarp, y que tenga una antigüedad mínima de 5 años.


En el caso de transferencia por sucesión testamentaria solo dará merito si en la Escritura Pública, se ha individualizado el predio transferido (área, medidas y linderos), computándose el plazo a partir de la fecha de fallecimiento del testador.
En el caso de transferencia por sucesión testamentaria solo dará merito si en la Escritura Pública, se ha individualizado el predio transferido (área, medidas y linderos), computándose el plazo a partir de la fecha de fallecimiento del testador.


c) Si el predio se ubica en zona catastrada, presentará el certificado de información catastral  otorgado por la autoridad competente.
c) Si el predio se ubica en zona catastrada, presentará el certificado de información catastral  otorgado por la autoridad competente.
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