Diferencia entre revisiones de «Inmatriculación de vehículos importados adquiridos mediante resolución administrativa»

sin resumen de edición
Sin resumen de edición
Etiqueta: visualeditor
Sin resumen de edición
Etiqueta: visualeditor
Línea 1: Línea 1:
Una o mas personas naturales o jurídicas dotan de legalidad y publicidad registral a la primera inscripción de un bien mueble. En este caso en particular vehículos importados usados adquiridos mediante resolución administrativa.
Una o mas personas naturales o jurídicas dotan de legalidad y publicidad registral a la primera inscripción de un bien mueble. En este caso en particular vehículos importados usados adquiridos mediante resolución administrativa.


== Requisitos para la inscripción ==
==Requisitos para la inscripción==
1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.


Línea 64: Línea 64:
13.- Copia certificada notarialmente o autenticada por fedatario de la Oficina Registral del documento que acredite al fabricante nacional del vehículo la asignación de la Identificación Mundial del Fabricante (WMI - World Manufacturer Identifier), otorgada por el Ministerio de la Producción - PRODUCE vigente a la fecha cierta del Certificado de Fabricación.
13.- Copia certificada notarialmente o autenticada por fedatario de la Oficina Registral del documento que acredite al fabricante nacional del vehículo la asignación de la Identificación Mundial del Fabricante (WMI - World Manufacturer Identifier), otorgada por el Ministerio de la Producción - PRODUCE vigente a la fecha cierta del Certificado de Fabricación.


== Base legal ==
==Base legal==


*VII Disposiciones Específicas Resolución de Superintendente Nacional Resolución de Dirección Ejecutiva 107 14/08/2020.
*VII Disposiciones Específicas Resolución de Superintendente Nacional Resolución de Dirección Ejecutiva 107 14/08/2020.
*Artículos 6, 21, 25, 28, 34, 35, 36, 42,43, 45, 46, 47 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular Resolución de Superintendencia 039-2013- SUNARP/SN 20/02/2013.
*Artículos 6, 21, 25, 28, 34, 35, 36, 42, 43, 45, 46, 47 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular Resolución de Superintendencia 039-2013- SUNARP/SN 20/02/2013.
*Anexos I, II, III disposiciones para la aplicación del sistema de codificación de la Placa Única Nacional de Rodaje Otros Resolución Directoral 4560-2011-MTC/15 11/12/2011.
*Anexos I, II, III disposiciones para la aplicación del sistema de codificación de la Placa Única Nacional de Rodaje Otros Resolución Directoral 4560-2011-MTC/15 11/12/2011.
*238 Reglamento de la Ley General de Aduanas Decreto Supremo 019-010-2009-EF
*238 Reglamento de la Ley General de Aduanas Decreto Supremo 019-010-2009-EF
*Artículo 8, numeral 9.1 y 9.2 Medidas de prevención para combatir los delitos patrimoniales relacionados con vehículos automotores y autopartes aprobado por Decreto Legislativo 1214
*Artículo 8, numeral 9.1 y 9.2 Medidas de prevención para combatir los delitos patrimoniales relacionados con vehículos automotores y autopartes aprobado por Decreto Legislativo 1214
*Numeral 6 Procedimientos de Gestión de os Benes Muebles Estatales Resolución del Titular 046-2015-SBN
*Numeral 6 Procedimientos de Gestión de os Benes Muebles Estatales Resolución del Titular 046-2015-SBN
*Artículos 90, 95,96 y 99 del Reglamento Nacional de Vehículos Decreto Supremo 058-2003-MTC
*Artículos 90, 95, 96 y 99 del Reglamento Nacional de Vehículos Decreto Supremo 058-2003-MTC
*3 disposiciones aplicables a la transferencia de propiedad de vehículos automotores a que se refiere el Art. 36 del Reglamento de las Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular aprobado por Decreto Supremo 036-2001-JUS 25/10/2001
*3 disposiciones aplicables a la transferencia de propiedad de vehículos automotores a que se refiere el Art. 36 del Reglamento de las Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular aprobado por Decreto Supremo 036-2001-JUS 25/10/2001.
*Artículo 10 (modificado por el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1451) Ley de Creación de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional Ley 26366 14/10/1994.
*Artículo 10 (modificado por el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1451) Ley de Creación de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional Ley 26366 14/10/1994.


== Precedentes de observancia obligatoria ==
==Precedentes de observancia obligatoria==
No se han aprobado precedentes de observancia obligatoria sobre este acto.
No se han aprobado precedentes de observancia obligatoria sobre este acto.


== Jurisprudencia Registral ==
==Jurisprudencia Registral==
No se ha aprobado jurisprudencia registral sobre este acto.
No se ha aprobado jurisprudencia registral sobre este acto.


== Tasa registral ==
==Tasa registral==


*Derecho de presentación: S/ 22.00
*Derecho de presentación: S/ 22.00
Línea 88: Línea 88:
*Derecho de inscripción: S/ 56.00
*Derecho de inscripción: S/ 56.00


== Plazo de calificación ==
==Plazo de calificación==


* 7 días hábiles (sujeto a complejidad del título).
*7 días hábiles (sujeto a complejidad del título).


<br />
<br />
879

ediciones