Diferencia entre revisiones de «Inscripción de cancelación de matrícula de la aeronave»

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La Inscripción de [[cancelación de matrícula de la aeronave]] puede inscribirse en el Registro Público de Aeronaves del Registro de Bienes Muebles.
El acto de [[cancelación de matrícula de la aeronave]] puede inscribirse en el Registro Público de Aeronaves del Registro de Bienes Muebles.
==Requisitos para la inscripción==
==Requisitos para la inscripción==
a) Formato de solicitud de inscripción
a) Formato de solicitud de inscripción
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*Artículos 69, 70 y 71 del  Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC  (21/12/2001).
*Artículos 69, 70 y 71 del  Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC  (21/12/2001).
*Artículos 1, 2, 3 y 10 (modificada por el Decreto Legislativo N° 1451) de la Ley que crea el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional, aprobada por la Ley N° 26366 (14/10/1994).
*Artículos 1, 2, 3 y 10 (modificada por el Decreto Legislativo N° 1451) de la Ley que crea el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional, aprobada por la Ley N° 26366 (14/10/1994).
*Articulo 29 del Reglamento de Inscripciones del Registro Público de Aeronaves, aprobado por la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N°360-2002-SUNARP/SN (11/09/2012)
*Articulo 29 del Reglamento de Inscripciones del Registro Público de Aeronaves, aprobado por la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N°360-2002-SUNARP/SN (11/09/2012).


==Precedentes de observancia obligatoria==
==Precedentes de observancia obligatoria==
No se han aprobado precedentes de observancia obligatoria sobre este acto.
No se han aprobado precedentes de observancia obligatoria sobre este acto.
==Jurisprudencia Registral==
==Jurisprudencia Registral==
No hay resoluciones del Tribunal Registral respecto a este acto.  
'''Sumilla de la Resolución 380-2004-SUNARP-TR-L de 18/06/2004 sobre Cancelación de la matricula de la aeronave''' 
 
''La transferencia de una aeronave peruana a favor de una persona natural extranjera sin domicilio permanente en el Perú no constituye en sí un acto inscribible en el Registro Público de Aeronaves, dando únicamente mérito a la inscripción de la cancelación de la matricula de la aeronave y, previo cumplimiento de los requisitos exigidos por las normas pertinentes, al cierre de la partida.''
==Tasa registral==
==Tasa registral==


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==Plazo de calificación==
==Plazo de calificación==


*7 días hábiles.
*7 días hábiles (sujeto a complejidad del título).


<br />
<br />
   '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público y complejidad del título".'''''
   '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público y complejidad del título".'''''
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