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Línea 2: | Línea 2: | ||
==Requisitos para la inscripción== | ==Requisitos para la inscripción== | ||
a)Formulario de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. | |||
b)Escritura pública o, si el valor del gravamen no supera las 20 UIT, formulario registral legalizado notarialmente. | |||
c)La Hipoteca debe ser constituida por el propietario con dominio inscrito en el Registro de Predios; y debe constituirse por una cantidad determinada o determinable, así también debe garantizar una obligación determinada o determinable; y, recaer sobre un inmueble específicamente determinado. Puede indicar la fecha del vencimiento del plazo del crédito garantizado. | |||
d)Pago de derechos registrales. | |||
==Tener en cuenta para la inscripción== | ==Tener en cuenta para la inscripción== | ||
Línea 26: | Línea 23: | ||
==Base legal== | ==Base legal== | ||
*Artículo 116 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios aprobado por | * Artículos 15, 17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012) | ||
* Artículos 1099 y 2011 del Código Civil aprobado por D.Leg.N° 295 (25/07/1984). | |||
* Artículo 7 de la Ley que crea el Registro de Predios Ley 27755 (15/06/2002). | |||
* Artículo 116 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios aprobado por Resolución N° 097-2013-SUNARP/SN (03/05/2013). | |||
* | * D.S. N° 017-2003-JUS (18/09/2003) que aprueba las tasas registrales de los servicios de inscripción y de publicidad por oficina registral. | ||
==Precedentes de observancia obligatoria== | ==Precedentes de observancia obligatoria== |