Diferencia entre revisiones de «Inscripción de la habilitación urbana»

Etiqueta: visualeditor-wikitext
Etiqueta: visualeditor-wikitext
Línea 23: Línea 23:
Pleno IV, precedente 1, sesión ordinaria realizada los días 6 y 7 de junio de 2003.
Pleno IV, precedente 1, sesión ordinaria realizada los días 6 y 7 de junio de 2003.


== Resoluciones del Tribunal Registral ==
==Jurisprudencia Registral==
=== Resoluciones del Tribunal Registral ===


'''Resolución 935-2017-SUNARP-TR-L de 27/04/2017:'''
====Sumilla de la Resolución 935-2017-SUNARP-TR-L de 27/04/2017====


“De conformidad con el precedente de observancia obligatoria aprobado en el XCIII Pleno Registral, el Registrador no podrá evaluar los fundamentos de hecho o de derecho que ha tenido la administración para emitir el acto administrativo y la regularidad interna del procedimiento administrativo en el cual se ha dictado. En tal sentido, no corresponde cuestionar la calificación e identificación como áreas de jardines a un área que forma parte del área de vías en la recepción de obras habilitación urbana aprobada municipalmente”.
''De conformidad con el precedente de observancia obligatoria aprobado en el XCIII Pleno Registral, el Registrador no podrá evaluar los fundamentos de hecho o de derecho que ha tenido la administración para emitir el acto administrativo y la regularidad interna del procedimiento administrativo en el cual se ha dictado. En tal sentido, no corresponde cuestionar la calificación e identificación como áreas de jardines a un área que forma parte del área de vías en la recepción de obras habilitación urbana aprobada municipalmente.''


'''Resolución: 166-2017-SUNARP-TR-L de 25/01/2017:'''
====Sumilla de la Resolución 166-2017-SUNARP-TR-L de 25/01/2017====


“De acuerdo con la Ley de Habilitaciones Urbanas, el título traslativo es la resolución de recepción de obras. En tal sentido, solamente se requiere la petición de la entidad beneficiaria para la inscripción del bien a su favor si no se hizo con la inscripción de la recepción de obras”.
''De acuerdo con la Ley de Habilitaciones Urbanas, el título traslativo es la resolución de recepción de obras. En tal sentido, solamente se requiere la petición de la entidad beneficiaria para la inscripción del bien a su favor si no se hizo con la inscripción de la recepción de obras.''


'''Resolución: 734-2016-SUNARP-TR-A de 19/12/2016:'''
====Sumilla de la Resolución 734-2016-SUNARP-TR-A de 19/12/2016====


“Los aportes efectuados a favor de entidades por habilitación urbana o plano de trazado y lotización se entienden efectuados con el acto administrativo señalado por la norma pertinente, aun cuando permanezcan inscritos en la partida matriz, siendo tan solo necesario la petición de la entidad beneficiaria para la independización e inscripción del bien a su favor, si ello no se hizo con la recepción de obras o acto administrativo respectivo”.
''Los aportes efectuados a favor de entidades por habilitación urbana o plano de trazado y lotización se entienden efectuados con el acto administrativo señalado por la norma pertinente, aun cuando permanezcan inscritos en la partida matriz, siendo tan solo necesario la petición de la entidad beneficiaria para la independización e inscripción del bien a su favor, si ello no se hizo con la recepción de obras o acto administrativo respectivo.''


== Tasa registral ==
== Tasa registral ==
1564

ediciones