Diferencia entre revisiones de «Inscripción de la habilitación urbana»

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La [[Habilitación Urbana (Recepción de Obras)]] puede inscribirse en el Registro de Propiedad Inmueble.
La [[Habilitación Urbana (Recepción de Obras)]] puede inscribirse en el Registro de Propiedad Inmueble.
== Requisitos para la inscripción ==
== Requisitos para la inscripción ==


Línea 19: Línea 19:


==Base legal==
==Base legal==
== Precedente de observancia obligatoria ==
* Artículos 15, 17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012).
* Artículos 15, 17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012).


Línea 37: Línea 34:


* Directiva N° 03-2014-SUNARP/SN aprobada por Resolución N° 189-2014-SUNARP/SN (08/08/2014).
* Directiva N° 03-2014-SUNARP/SN aprobada por Resolución N° 189-2014-SUNARP/SN (08/08/2014).
== Precedente de observancia obligatoria ==
No existen precedentes aprobados para el presente acto.


==Jurisprudencia Registral==
==Jurisprudencia Registral==
Línea 54: Línea 55:


== Tasa registral ==
== Tasa registral ==
* Derecho de presentación: S/ 81.00


*Derecho de presentación: S/ 81.00
* Derecho de inscripción: Valor de las obras X 3/1000
 
*Derecho de inscripción: Valor de las obras X 3/1000


*Adicionalmente, por cada partida que se genere: S/ 13.00
* Adicionalmente, por cada partida que se genere: S/ 13.00


*Plazo de calificación: 7 días hábiles
* Plazo de calificación: 7 días hábiles


   '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público y complejidad del título".'''''
   '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público y complejidad del título".'''''
2010

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