Diferencia entre revisiones de «Inscripción de hipoteca»

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La existencia de una hipoteca no es obstáculo para la rectificación del estado civil del constituyente de dicha garantia.
La existencia de una hipoteca no es obstáculo para la rectificación del estado civil del constituyente de dicha garantia.
Pleno VI del 07/11/2003
 
Pleno VI del 07/11/2003.


Resoluciones que lo sustentan: ''132-2003-SUNARP-TR-T'',  ''048-2003-SUNARP-TR-A'',  ''593-2003-SUNARP-TR-L'' .
Resoluciones que lo sustentan: ''132-2003-SUNARP-TR-T'',  ''048-2003-SUNARP-TR-A'',  ''593-2003-SUNARP-TR-L'' .
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La hipoteca que garantiza una obligación futura o eventual, caduca a los 10 años desde su inscripción, salvo que se haya hecho constar en la partida registral el nacimiento de la obligación determinada o determinable antes del vencimiento de dicho plazo, en cuyo caso caducará a los 10 años desde la fecha de vencimiento del plazo del crédito garantizado.
La hipoteca que garantiza una obligación futura o eventual, caduca a los 10 años desde su inscripción, salvo que se haya hecho constar en la partida registral el nacimiento de la obligación determinada o determinable antes del vencimiento de dicho plazo, en cuyo caso caducará a los 10 años desde la fecha de vencimiento del plazo del crédito garantizado.
Pleno VIII del 13/08/2004
Pleno VIII del 13/08/2004


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