Diferencia entre revisiones de «Inscripción de transferencia de propiedad de vehículo automotor»
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Inscripción de transferencia de propiedad de vehículo automotor (ver código)
Revisión del 21:36 10 mar 2020
, 10 mar 2020sin resumen de edición
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Línea 4: | Línea 4: | ||
== Requisitos para la inscripción == | == Requisitos para la inscripción == | ||
a)Formulario de solicitud de Inscripción debidamente llenado y suscrito por el presentante. | a) Formulario de solicitud de Inscripción debidamente llenado y suscrito por el presentante. | ||
b) | b) Parte notarial del acta de transferencia de vehículo, deberá ser presentado por el Notario ante el cual se extendió o su dependiente acreditado ante SUNARP. No es procedente la presentación conjunta de dos o más actas notariales de transferencia otorgadas ante distintos notarios. | ||
El Acta notarial de transferencia vehicular deberá contener como mínimo: | El Acta notarial de transferencia vehicular deberá contener como mínimo: | ||
-Los datos de identificación de los contratantes o sus representantes, así como su estado civil, tipo y número de documento de identidad, cuando corresponda. | -Los datos de identificación de los contratantes o sus representantes, así como su estado civil, tipo y número de documento de identidad, cuando corresponda. | ||
- El acto jurídico mediante el cual transfiere la propiedad del bien. | - El acto jurídico mediante el cual transfiere la propiedad del bien. | ||
- La Placa Única Nacional de Rodaje del vehículo materia de transferencia, si tuviere; o el número de serie y el número de motor del vehículo. | |||
- El precio y la forma de pago o la valorización del vehículo, según corresponda. | |||
'''REQUISITOS ESPECIALES:''' | |||
REQUISITOS ESPECIALES: | |||
a)Cuando se trate de inscripción por anotación o mandato judicial se presentará parte judicial que comprende el oficio expedido por el órgano jurisdiccional, la copia certificada expedida por el auxiliar jurisdiccional de la resolución que dicta la medida, o que declara o constituye el derecho, así como de los actuados pertinentes. La resolución judicial que dé lugar a inscripciones definitivas requiere de la copia certificada por el auxiliar jurisdiccional de la resolución que la declara consentida o ejecutoriada, de ser el caso. | a)Cuando se trate de inscripción por anotación o mandato judicial se presentará parte judicial que comprende el oficio expedido por el órgano jurisdiccional, la copia certificada expedida por el auxiliar jurisdiccional de la resolución que dicta la medida, o que declara o constituye el derecho, así como de los actuados pertinentes. La resolución judicial que dé lugar a inscripciones definitivas requiere de la copia certificada por el auxiliar jurisdiccional de la resolución que la declara consentida o ejecutoriada, de ser el caso. |