Diferencia entre revisiones de «Inmatriculación de predios rurales»
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→Requisitos para la inscripción
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e) Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. | e) Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. | ||
=== | ===Inmatriculación o inscripción del derecho de propiedad de predios rurales de dominio privado del Estado=== | ||
a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante (persona que realiza el trámite en la Sunarp). | a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante (persona que realiza el trámite en la Sunarp). | ||
b)Título de | b) Título que otorgue la propiedad al Estado. Tratándose de predios eriazos, copia de la resolución o disposición que lo califique como eriazo para fines agrícolas. En el caso de predios abandonados o revertidos al dominio del Estado, se presentará copia de la resolución suprema o disposición que haya declarado el abandono y la incorporación del predio al dominio del Estado; o la reversión. | ||
c) | c) Documentación técnica según corresponda: | ||
* Si el inmueble este en zona no catastrada se presentará plano perimétrico y la memoria descriptiva, elaborados y visados por verificador catastral inscrito en el Índice de Verificadores de SUNARP, y el certificado negativo de zona catastrada, expedido por el órgano competente, en el cual se deja constancia que dicho documento en ningún caso constituye una visación o evaluación físico - legal del predio, ni de los derechos que pudieran existir sobre el mismo. | |||
* En caso de que el inmueble este ubicado en zona catastrada se presentará certificado de información catastral correspondiente para la primera inscripción de dominio expedido por entidad competente. | |||
d) Pago de derechos registrales. | |||
e) Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. | |||
=== | ===Inmatriculación de predios rurales afectados por reforma agraria adjudicadas a título gratuito a favor de particulares=== | ||
a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante (persona que realiza el trámite en la Sunarp). | a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante (persona que realiza el trámite en la Sunarp). | ||
b) | b) Título de propiedad o resolución de adjudicación otorgada por organismo competente, acompañado de la certificación expedida por el organismo competente que acredite que la resolución se encuentra consentida. | ||
c) | c) Para predios ubicados en zonas catastradas se debe adjuntar certificado de información catastral expedido por entidad competente. Para inmuebles ubicados en zona no catastrada se presenta el certificado negativo de zona catastrada, expedido por el órgano competente, plano perimétrico y la memoria descriptiva, elaborados y visados por verificador catastral inscrito en el Índice de Verificadores de SUNARP, conforme al tercer párrafo del artículo 20 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, según corresponda y artículo 87 del Decreto Supremo Nº 013-2016-MINAGRI. | ||
certificado negativo de zona catastrada | |||
tercer párrafo del artículo 20 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios. | |||
d) Pago de derechos registrales. | d) Pago de derechos registrales. | ||
e) Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. | |||
=== Inmatriculación de predios rurales afectados por Reforma Agraria adjudicados a título oneroso a particulares con resoluciones de cancelación o condonación de deuda === | |||
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a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante (persona que realiza el trámite en la Sunarp). | a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante (persona que realiza el trámite en la Sunarp). | ||
b)Título | b) Título de propiedad o resolución de adjudicación otorgado por la ex-Dirección de Reforma Agraria y Asentamiento Rural, acompañado de la certificación expedida por el organismo competente que acredite que dicha resolución se encuentra consentida. | ||
c) | c) Resolución que acredite la cancelación o condonación de la deuda Agraria. | ||
d) | d) Para predios ubicados en zonas catastradas se debe adjuntar el certificado de información catastral expedido por entidad competente. Para inmuebles ubicados en zona no catastrada se presenta el certificado negativo de zona catastrada, expedido por el órgano competente, plano perimétrico y la memoria descriptiva, elaborados y visados por verificador catastral inscrito en el Índice de Verificadores de SUNARP, conforme al tercer párrafo del artículo 20 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, según corresponda y artículo 87 del Decreto Supremo Nº 013-2016-MINAGRI. | ||
d) Pago de derechos registrales. | |||
e) Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. | |||
=== Requisitos | === Requisitos para la inmatriculación de predios rurales afectados por Reforma Agraria adjudicados a título oneroso a particulares, sin resolución de cancelación o condonación de deuda === | ||
a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante (persona que realiza el trámite en la Sunarp). | a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante (persona que realiza el trámite en la Sunarp). | ||
b)Título | b) Título de propiedad o resolución de adjudicación otorgado por la ex-Dirección de Reforma Agraria y Asentamiento Rural, acompañado de la certificación expedida por el organismo competente que acredite que dicha resolución se encuentra consentida. | ||
c) Cargo de recepción de la solicitud de condonación de deuda agraria presentada a la mesa de partes de la Unidad Agraria Departamental u organismo competente, o documento que acredite el pago. | |||
d) Pruebas que acrediten la explotación económica y la posesión, directa, continua, pacífica y pública del predio rural de acuerdo a los artículos 40 y 41 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1089, modificado por Art. 1 del D.S. 013-2016-MINAGRI. | |||
e) En caso que el este ubicado en zona catastrada se adjuntará el certificado de información catastral expedido por entidad competente. Para inmuebles ubicados en zona no catastrada se presenta el certificado negativo de zona catastrada, expedido por el órgano competente, plano perimétrico y la memoria descriptiva, elaborados y visados por verificador catastral inscrito en el Índice de Verificadores de SUNARP, conforme al tercer párrafo del artículo 20 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, según corresponda y artículo 87 del Decreto Supremo Nº 013-2016-MINAGRI. | |||
f) Pago de derechos registrales. | |||
g) Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. | |||
=== Requisitos para la inmatriculación de predios rurales | ===Requisitos para la inmatriculación de predios rurales adquiridos por terceros de un beneficiario de Reforma Agraria === | ||
a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante (persona que realiza el trámite en la Sunarp). | a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante (persona que realiza el trámite en la Sunarp). | ||
b) | b) Parte notarial de la escritura pública o formulario registral legalizado por Notario. | ||
c) Títulos que acrediten la propiedad por un periodo ininterrumpido de 5 años anteriores a la presentación de la solicitud de inscripción, los que podrán constar en instrumento público o privado; o, en su defecto, copia de la resolución de adjudicación del título de propiedad expedido por la entidad competente acompañada de los títulos que acrediten la propiedad por un periodo ininterrumpido hasta el momento de la presentación de la solicitud de inscripción. | |||
d) Para predios ubicados en zonas catastradas se adjuntará certificado de información catastral expedido por entidad competente. Para inmuebles ubicados en zona no catastrada se presenta el certificado negativo de zona catastrada, expedido por el órgano competente, plano perimétrico y la memoria descriptiva, elaborados y visados por verificador catastral inscrito en el Índice de Verificadores de SUNARP, conforme al tercer párrafo del artículo 20 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, según corresponda y artículo 87 del Decreto Supremo Nº 013-2016-MINAGRI. | |||
e) Pago de derechos registrales. | |||
f) Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. | |||
== Base legal== | == Base legal== |