Diferencia entre revisiones de «Cancelación de sucursal de persona jurídica constituida en el Perú»
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Cancelación de sucursal de persona jurídica constituida en el Perú (ver código)
Revisión del 23:18 18 may 2021
, 18 may 2021sin resumen de edición
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Línea 2: | Línea 2: | ||
Una persona jurídica cancela sus establecimientos secundarios conforme a ley, dotándole a su vez de publicidad registral. | Una persona jurídica cancela sus establecimientos secundarios conforme a ley, dotándole a su vez de publicidad registral. | ||
Las personas jurídicas no societarias cancelan conforme a ley, un(os) establecimiento(s) secundario(s) y le dan publicidad registral | |||
==Requisitos para la inscripción== | ==Requisitos para la inscripción== | ||
Línea 20: | Línea 21: | ||
h) Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. | h) Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. | ||
1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito 2.- Copia certificada notarialmente del Acta en la que consta el acuerdo de cancelación de la sucursal. 3.- Constancia de Convocatoria, con firma certificada por notario o juez de paz cuando se encuentre autorizado legalmente o fedatario de algún órgano desconcentrado de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, cual sea el caso; a menos que se trate de convocatoria publicada en diario, en cuyo caso, se presentara los avisos publicados en original o en reproducción certificada notarialmente 4.- si la convocatoria es en vía judicial se presentara el Parte Judicial que dispone la convocatoria 5.- Constancia de quórum., con firma certificada por notario o juez de paz cuando se encuentre autorizado legalmente o fedatario de algún órgano desconcentrado de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, cónsul peruano, autoridad extranjera competente u otra persona autorizada legalmente para certificar firmas. Notas: 1.- El presente procedimiento administrativo consta de actos registrales, los cuales son independientes, por lo cual, los derechos de trámite son individuales, siendo el pago por cada uno. | |||
==Tener en cuenta== | ==Tener en cuenta== | ||
Línea 56: | Línea 59: | ||
*Derecho de inscripción: S/ 10.00 | *Derecho de inscripción: S/ 10.00 | ||
==Pago por derecho de tramitación== | ==Pago por derecho de tramitación== | ||
Monto - S/ | Monto - S/ 94.60 | ||
==Plazo de calificación== | ==Plazo de calificación== |