Diferencia entre revisiones de «Anotación de embargo administrativo en el Registro de Propiedad Inmueble»

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a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante (persona que realiza el trámite en la Sunarp).
a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante (persona que realiza el trámite en la Sunarp).


b) Partes conteniendo la resolución que ordena la anotación y el oficio suscrito por el ejecutor coactivo y cursado al registrador. La resolución que contenga la medida debe
b) Partes administrativo conteniendo la resolución que ordena la anotación, el oficio suscrito por el ejecutor coactivo y cursado al registrador. La resolución que contenga la medida debe indicar la individualización del predio afectado y el monto de la afectación.  
indicar la individualización del predio afectado y el monto de la afectación.  


El número de la partida registral del predio debe constar en la resolución que concede la medida cautelar o desprenderse del parte. Las copias deben estar certificadas por el auxiliar coactivo y las resoluciones deben estar suscritas por el ejecutor coactivo.
: El número de la partida registral del predio debe constar en la resolución que concede la medida cautelar o desprenderse del parte. Las copias deben estar certificadas por el auxiliar coactivo y las resoluciones deben estar suscritas por el ejecutor coactivo.


c) Pago de derechos registrales
c) Pago de derechos registrales
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